REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 22 de Noviembre de 2.019.
209º y 160º.
SOLICITUD: 19-108.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
MATERIA: CIVIL.
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO.
SOLICITANTE: ALICIA SINAY MUÑOZ FRANCO.
FECHA DE ENTRADA 13 DE NOVIEMBRE DE 2019.
Vista la Solicitud Nº 19-108, presentada por la ciudadana ALICIA SINAY MUÑOZ FRANCO, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad V-23.569.216, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno del Municipio San Fernando, según consta en la Autorización otorgada por el Sindico Procurador Municipal Abg. JUAN CARLOS PADILLA, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno, de CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CON DOS CENTIMETROS ( 5.394,02 MTS2), ubicado específicamente en la Vía Caramacate, Sector Negro Afuera, Municipio San Fernando, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: CASA DE LA FAMILIA GABANTE, EN NOVENTA Y TRES METROS CON CERO CENTÍMETROS (93,00 MTS). SUR: CASA DE LA FAMILIA MORILLO, EN OCHENTA Y CINCO METROS CON CERO CENTÍMETROS (85,00 MTS). ESTE: TERRENO MUNICIPAL, EN CINCUENTA METROS CON CERO CENTÍMETROS (50,00 MTS) y OESTE: VIA CARAMACATE, CON RETIRO EN CINCUENTA Y CUATRO METROS CON VEINTE CENTÍMETROS (54,20 MTS), y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas, ha construido un conjunto de bienhechurías de las siguientes características: Una (01) casa de habitación familiar, con dos (02) habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) comedor, un (01) baño, dos (02) puertas, dos (02) ventanas, sobre piso con accesorios eléctricos (lámparas, interruptores y toma corrientes), puertas principales, piso de cemento, paredes de bloques y techo de acerolo; constituyó una inversión total de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (40.000.000,00 BS)”. Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de los Testigos evacuados ante éste Tribunal, a favor de la ciudadana ALICIA SINAY MUÑOZ FRANCO, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.
La Juez,
ABG.MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS.
La Secretaria Titular,
ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio, del libro diario.
La Secretaria Titular,
ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
SOLICITUD N°. 19-108.
MCUR/MMAT/Dioselys
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