REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 06 de Noviembre de 2.019.
209º y 160º.

SOLICITUD: 19-78.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
MATERIA: CIVIL.
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO.
SOLICITANTE: NEREYDA ANTONIA FLORES DE COLINA
FECHA DE ENTRADA 16 DE SEPTIEMBRE DE 2019.

Vista la Solicitud Nº 19-78, presentada por la ciudadana NEREYDA ANTONIA FLORES DE COLINA, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad V-1.833.704, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno del Municipio San Fernando, según consta en la Autorización otorgada, por el Sindico Procurador Municipal Abg. JUAN CARLOS PADILLA, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, de MIL VEINTISEIS (1026,00 MTS2), ubicado específicamente en la Parroquia “San Rafael de Atamaica, Municipio San Fernando, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: CASA DE LA SEÑORA LUISA PEÑA, EN TREINTA Y OCHO METROS (38,00 MTS). SUR: CASA DE LA SEÑORA BEATRIZ BOHORQUEZ, EN TREINTA Y OCHO METROS (38,00 MTS). ESTE: CALLE INDEPENDENCIA, EN VEINTISEIS METROS (26,00 MTS) y OESTE: TERRENO DE LA BLOQUERA, EN VEINTIOCHO METROS (28,00 MTS), y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas, ha construido un conjunto de bienhechurías de las siguientes características: LATERAL SUR: Una (01) casa familiar de paredes de bloques en toda su totalidad, que mide ciento doce metros cuadrados (112 mts), techo de Acerolit, piso de concreto pulido, puertas y ventanas, un (01) baño con sus accesorios, un (01) comedor, una (01) cocina, una (01) sala de estar, dos (02) habitaciones, una (01) tanquilla o piscina, área de lavandero, un (01) tanque de agua con su bomba de agua manual y una (01) camineria con piso de concreto y techo de Acerolit, que mide treinta metros cuadrados (30,00 mts2), uniéndola a una (01) casa familiar de paredes de bloques en toda su totalidad, que mide ciento ocho metros cuadrados (108,00 mts2), ubicada hacia el LATERAL NORTE, con techo de Acerolit, piso de concreto pulido, puertas y ventanas, un (01) baño con sus accesorios, una (01) sala de estar, tres (03) habitaciones y un (01) pozo séptico. Así también se destaca, que dichas bienhechurías están debidamente cercadas de la manera siguiente: LATERAL ESTE: Con pared de bloque, que mide en su totalidad veintiséis metros lineales (26,00 mts), con su puerta de hierro y un (01) portón para garaje. LATERAL SUR: Con pared de bloque que mide en su totalidad treinta y ocho metros lineales (38,00 mts), y LATERAL OESTE: Con alfajol que mide en su totalidad veintiocho metros lineales (28,00 mts); constituyó una inversión total de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (150.000.000,00 BS). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de los Testigos evacuados ante éste Tribunal, a favor de la ciudadana NEREYDA ANTONIA FLORES DE COLINA, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.


La Juez,


ABG.MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS.

La Secretaria Accidental,


ABG. YUDIT DEL VALLE SÁNCHEZ.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio, del libro diario.

La Secretaria Accidental,


ABG. YUDIT DEL VALLE SÁNCHEZ.




































SOLICITUD N°. 19-78.
MCUR/YDS/Dioselys.