REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 27 de Noviembre de 2019.
209° y 160°
CAUSA Nº 1Aa-3895-19.
JUEZ PONENTE: EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.
Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no la pretensión interpuesta el 5-10-2019 por los Abgs. JOSÉ LUIS ACEVEDO COLMENAREZ y MÓNICA CECILIA CALDERÓN GUÉDEZ, contra la decisión dictada el 7-9-2019, por el Juez 2º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ LAPREA, mediante el cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano DOMINGO ANTONIO ROCCI ESCOBAR, por la presunta comisión de los delitos de corrupción propia en grado de cómplice no necesario, tipificado en el numeral 2 del artículo 64 de la Ley Contra la Corrupción en concordancia con el numeral 3 del artículo 84 del Código Penal, agavillamiento, previsto en el artículo 286 del Código Penal, y posesión ilícita de arma de fuego, sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión con sustento en el numeral 4 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el cuarto párrafo del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver el fondo de la cuestión planteada.
JUEZ PRESIDENTE (Ponente),
EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
JUEZ SUPERIOR ,
JOSÉ LUIS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ
JUEZ SUPERIOR,
PEDRO RAFAEL SOLÓRZANO MARTÍNEZ
LA SECRETARIA,
JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS
EMBL/JLSR/PRSM/jcur/mayeda
1Aa-3895-19