REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 14 de Octubre del 2.019
209° y 160°

SOLICITUD: 19-89.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO

SOLICITANTE(S): YVAN ORLANDO LORETO

FECHA DE ENTRADA: 01 DE OCTUBRE DE 2019

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: YVAN ORLANDO LORETO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-7.249.916, y este domicilio, quien actuando como Presidente y Representante de la Asociación Civil, IGLESIA EVANGELICA “MONTE DE LOS OLIVO”, Rif. J-412403621, ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, vistas, oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en nombre de “La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley”, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN; suficiente al ciudadano: YVAN ORLANDO LORETO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-7.249.916, y este domicilio, quien actuando como Presidente y Representante de la Asociación Civil, IGLESIA EVANGELICA “MONTE DE LOS OLIVO”, Rif. J-412403621, según copia simple del documento inscrito en el Registro Publico del Municipio San Fernando, bajo el (los) Numero(s) 19 folio(s) 170 del (de los ) Tomo(s) 8 del Protocolo de Transcripción del año 2018, de fecha Seis (6) de Abril de 2018, en las bienhechurías existentes construidas sobre un lote de terreno de Propiedad Municipal, según AUTORIZACION, de fecha Dieciocho (18) de Septiembre del Año 2019, otorgada por el Sindico Procurador ABOG. JUAN CARLOS PADILLA, de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando, del Estado Apure, según se evidencia en CEDULA CATASTRAL N° 003375, de fecha 22/02/2019, constante de una superficie de: CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (444,72Mts2), ubicado el: “BARRIO MONTE DE SION, PARROQUIA SAN FERNANDO, DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO, ESTADO APURE”, dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: CASA DE LA FAMILIA BLANCO, en Catorce Metros con Noventa Centímetros (14,90Mts); SUR: CALLE EN PROYECTO, en Catorce Metros con Noventa Centímetros (14,90Mts); ESTE: TERRENO DE LA FAMILIA BLANCO, en Treinta Metros (30,00Mts); y OESTE: CAS DE LA FAMILIA RIVERO, en Treinta Metros (30,00Mts). Donde con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expensas ha construido un Galpón con Dos (2) baños externos y Salón para clases Bíblicas, con ventanas y puertas de hierro. Sobre las que invirtió en materiales, mano de obra, entre otras en dicha bienhechurías ya identificada la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,00), con dinero de su propio peculio y a sus solas expensas”.- Bienhechurías estas que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la Asociación Civil, IGLESIA EVANGELICA “MONTE DE LOS OLIVO”, Rif. J-412403621, representada por el ciudadano: YVAN ORLANDO LORETO, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas al solicitante antes identificado en el escrito de solicitud.-
La Juez;

ABOG. Milvida Utrera Rojas.-

La Secretaria Titular;

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.-

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.-

La Secretaria Titular;

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.-


SOLICITUD: N°.19-89.
MUR/MMAT/jwpc.-