REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 21 de Octubre 2019
209° y 160°

Causa Nº 1Aa-3826-19
JUEZ PONENTE: JOSÉ LUÍS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ

Corresponde a esta Corte resolver el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo, interpuesto por la Abogada Cindy Tovar, Fiscal Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en contra de la decisión emanada en acto de audiencia de presentación de imputado, celebrada por el Tribunal 2º de Primera Instancia en Función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 24 de Mayo del 2019, mediante la cual se acordó Detención Domiciliaria con guardia de la Policía del Estado Apure, al ciudadano José de los Santos Martínez Pelayo, por la comisión del delito de Acto Carnal con Víctima Especialmente Vulnerable Continuada, previsto en el artículo 44 numerales 1 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, concatenado con el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente E.A.C.S. (Identidad omitida de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

I
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

De la revisión de la presente causa, esta Corte evidenció que el 3-6-2019 mediante Oficio N° C.A.-143-19, se remitió asunto al A-quo, a los fines que diera cumplimiento al trámite de sustanciación previsto en el artículo 440 y 441 del Código Orgánico Procesal Penal.

Cursa al folio 88 del presente asunto, auto mediante el cual el juez de primera instancia, acordó notificar a las partes, a fin de dar cumplimiento al trámite requerido por esta Alzada el 3-6-2019. Acreditando esta Superior Instancia que la Fiscal 8° del Ministerio Público, quedó notificada de dicho requerimiento el 12-6-2019.

El 11 de Junio de 2019 el juez 2° de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Apure, Abg. Francisco Javier Reyes Piñate, mediante auto expresó: “… Recibido en fecha 10/06/2019, el asunto penal N° CP31-S-2018-000028, instruido en contra del ciudadano JOSÉ DE LOS SANTOS MARTINEZ PELAYO, por la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ADOLESCENTE (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPPNNA (sic)), proveniente de la Corte de Apelaciones, por cuanto se evidenció que el mismo fue enviado a este Despacho a los fines de que cumpla con el tramite de sustanciación previsto en los artículos 440 y 441 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Acuerda: … Librar Boletas de Notificación a la Fiscalía Octava del Ministerio Público y al Defensor Privado Abg. Iván Landaeta, (sic) los fines de que cumplan con el trámite de sustanciación previsto en los artículos 440 y 441 del Código Orgánico Procesal Penal...” (folio 88 del presente expediente).

Ahora bien, el segundo párrafo del artículo 445 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que el recurso deberá ser interpuesto en escrito fundado, en el cual se expresará concreta y separadamente cada motivo con sus fundamentos y la solución que se pretende. Fuera de esta oportunidad no podrá aducirse otro motivo. Requerimiento que no tramitó la Representante Fiscal a pesar de haber quedado debidamente notificada el 12-6-2019 (folio 103 del presente expediente), de lo intimado por esta Alzada en fecha 3-6-2019. Por lo que en esta caso, considera esta Superior Instancia que se está en presencia del silencio procesal por parte de la Fiscal 8° del Ministerio Público; lo que hace definitivo asumir que se tiene como no interpuesto el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo producto de la renuncia tacita de la recurrente. Y así se decide.

II
DISPOSITIVA

En virtud de las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Declara como no interpuesto el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo, alegado por la Abogada Cindy Tovar, Fiscal Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en contra de la decisión emanada en acto de audiencia de presentación de imputado, celebrada por el Tribunal 2º de Primera Instancia en Función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 24 de Mayo del 2019, mediante la cual se acordó Detención Domiciliaria con guardia de la Policía del Estado Apure, al ciudadano José de los Santos Martínez Pelayo, por la comisión del delito de Acto Carnal con Víctima Especialmente Vulnerable Continuada, previsto en el artículo 44 numerales 1 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, concatenado con el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente E.A.C.S. (Identidad omitida de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); por cuanto la Fiscal 8° del Ministerio Público no dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, diarícese y remítanse las actuaciones al Despacho a cargo del A-quo.
JUEZ PRESIDENTE

EDWIN MANUEL BLANCO LIMA

JUEZ

PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ


JUEZ, (PONENTE)

JOSÉ LUÍS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ


SECRETARIA,

JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS
Se publica esta decisión siendo las 11:30 a.m..
SECRETARIA,

JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS

EMBL/PRSM/JLSR/Jcur/José.
Causa Nº 1Aa-3826-19