REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE


San Fernando de Apure, 23 de Septiembre 2019
209° y 160°

Causa Nº 1Aa-3517-17
JUEZ PONENTE: PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ

Corresponde a esta Alzada resolver la pretensión interpuesta el 21-4-2017, por los Abgs. RAFAEL JESUS RODRIGUEZ VILLAZANA y JEAN CARLOS MARTINEZ, Defensores de FRANCISCO JOSE REBOLLEDO, JULIO DAVID ESCOBAR CASTEJON y JOSE ALBERTO DELGADO BALZA, contra el pronunciamiento mediante la cual el 6-4-2017, la Juez 1ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. YSMAIRA DE JESUS CAMEJO LLOVERA, decretó en perjuicio de los antes mencionados ciudadanos, medida de privación judicial preventiva de libertad por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en la modalidad de ocultamiento, tipificado en el segundo párrafo del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

I
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

Cursa al folio 122 del presente cuaderno de incidencia, nota con fecha 17-9-2019, mediante la cual la Secretaria de este Despacho, JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS, dejó escrito: “… el día de hoy 17 de septiembre 2019, siendo las 10:15 a.m., la funcionaria MILAGROS KATERINE PALMERA ALVAREZ… se trasladó hasta la sede del Tribunal 1° de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los fines de solicitar información referente al Asunto Nº 1Aa-3517-17 (nomenclatura de esta Alzada), sosteniendo comunicación con el Secretario, Abg. ORLANDO DELFIN LANDER… quien después de haber hecho una exhaustiva revisión del Expediente N° 1U-1311-17 (nomenclatura de ese Tribunal), le informó que el 7-7-2017, el Tribunal 1° de Primera Instancia en funciones de Control otorgó libertad plena a JULIO DAVID ESCOBAR CASTEJON y JOSE ALBERTO DELGADO BALZA, por haberse decretado en favor de los acusados antes mencionados el sobreseimiento de la acción penal, con sustento en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal; y el 12-6-2019 el Tribunal 1° de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, absolvió a FRANCISCO JOSE REBOLLEDO…”.

De lo transcrito previo no hay duda en cuanto a la configuración en este caso de pérdida de interés procesal por parte de los Recurrentes, toda vez que decretado el sobreseimiento de la acción penal en favor de JULIO DAVID ESCOBAR CASTEJON y JOSE ALBERTO DELGADO BALZA; y la absolutoria de FRANCISCO JOSE REBOLLEDO, la controversia sobre la materia cautelar cedió ante los efectos de la resolución definitiva del fondo del asunto, por lo que asume la Corte, que lo ajustado a Derecho es declarar no ha lugar la pretensión formulada por los Abgs. RAFAEL JESUS RODRIGUEZ VILLAZANA y JEAN CARLOS MARTINEZ. ASI SE DECIDE.

II
DISPOSITIVA

En virtud de las consideraciones antes expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:

ÚNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta el 21-4-2017, por los Abgs. RAFAEL JESUS RODRIGUEZ VILLAZANA y JEAN CARLOS MARTINEZ, Defensores de FRANCISCO JOSE REBOLLEDO, JULIO DAVID ESCOBAR CASTEJON y JOSE ALBERTO DELGADO BALZA, contra el pronunciamiento mediante la cual el 6-4-2017, la Juez 1º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. YSMAIRA DE JESUS CAMEJO LLOVERA, decretó en perjuicio de los antes mencionados ciudadanos, medida de privación judicial preventiva de libertad por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en la modalidad de ocultamiento, tipificado en el segundo párrafo del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, toda vez que el 7-7-2017 fue decretado el sobreseimiento de la acción penal en favor de JULIO DAVID ESCOBAR CASTEJON y JOSE ALBERTO DELGADO BALZA; y el 12-6-2017 la absolutoria de FRANCISCO JOSE REBOLLEDO.

Publíquese, diarícese y remítanse las actuaciones al Despacho a cargo de la A-quo.


JUEZ PRESIDENTE,

EDWIN MANUEL BLANCO LIMA

EL JUEZ (Ponente),


PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTINEZ

EL JUEZ,


JOSE LUIS SANCHEZ RODRIGUEZ



LA SECRETARIA,


JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS

Se publica esta decisión siendo las 11:30 a.m..

LA SECRETARIA,


JANETHSY CATHERINE UTRERA RIVAS


Causa Nº 1Aa-3517-17
EMBL/PRSM/JLSR/JCUR/mkpa.