REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

SOLICITUD: 96-21
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: MARIA ISABEL BUENO PACHECO Y HERMANOS.
FECHA DE ENTRADA: 18 DE NOVIEMBRE DE 2021.

Vista la anterior Solicitud, presentada por la ciudadana MARIA ISABEL BUENO PACHECO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.948.533 actuando en su propio nombre, y en representación de sus hermanos: BEATRIZ GUILLERMONA PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.620.792, BETZI MARIELA PACHECO DE ESCOBAR venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.620.790, LEONARDO JOSE BUENO PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.322.551, FRANCIS MARILYN BUENO PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.322.600 debidamente, asistidos por el Abogado en ejercicio legal ciudadano DAVID RAMON ESCOBAR PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.293.670, inscrito en el impreabogado bajo el número 207.213, de este domicilio, en su condición de hija, quien ha solicitado se les declare, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De cujus: FRANCISCA PACHECO GALLARDO, quien era venezolana, mayor de edad, , titular de la cedula de identidad Nº 4.668.352, fallecido ab–intestato en fecha, doce (12) de diciembre del año Dos Mil veinte (2020), en la ciudad de San Fernando, Jurisdicción del Municipio San Fernando del Estado Apure, quienes, luego de oídas las declaraciones de los ciudadanas SARAI LISBETH GONZALEZ RUIZ, venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la cédula de identidad N° V-19.470.979 y SIMON ARMANDO ESCOBAR YANAVE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-10.024.812, de este domicilio, declararon que si conocen y les consta que los ciudadanos MARIA ISABEL BUENO PACHECO, BEATRIZ GUILLERMONA PACHECO, BETZI MARIELA PACHECO DE ESCOBAR, LEONARDO JOSE BUENO PACHECO, FRANCIS MARILYN BUENO PACHECO son Hijos de la De cujus FRANCISCA PACHECO GALLARDO, quien era venezolana, mayor de edad, , titular de la cedula de identidad Nº 4.668.352 que si conocieron en vida a la De cujus FRANCISCA PACHECO GALLARDO; que si saben y les consta que los ciudadanos MARIA ISABEL BUENO PACHECO, BEATRIZ GUILLERMONA PACHECO, BETZI MARIELA PACHECO DE ESCOBAR, LEONARDO JOSE BUENO PACHECO, FRANCIS MARILYN BUENO PACHECO, son los Únicos y Universales Herederos de la De cujus FRANCISCA PACHECO GALLARDO.



D I S P O S I T I V A
Finalmente este Juzgado considerando, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, y el valor desprendido de las copias certificadas del Acta de Defunción, Acta de Nacimientos, y copias de la cédulas de identidad de los solicitantes, y por cuanto en estas actuaciones sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos MARIA ISABEL BUENO PACHECO, BEATRIZ GUILLERMONA PACHECO, BETZI MARIELA PACHECO DE ESCOBAR, LEONARDO JOSE BUENO PACHECO, FRANCIS MARILYN BUENO PACHECO, cuya filiación se encuentra legítimamente comprobada, según consta en Actas de Nacimientos, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente la presente actuación a favor de los ciudadanos MARIA ISABEL BUENO PACHECO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.235.456, BEATRIZ GUILLERMONA PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.620.792, BETZI MARIELA PACHECO DE ESCOBAR venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.620.790, LEONARDO JOSE BUENO PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.322.551, FRANCIS MARILYN BUENO PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.322.600 de este domicilio; en consecuencia, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De cujus FRANCISCA PACHECO GALLARDO fallecido ab–intestato en fecha, doce (12) de diciembre del año Dos Mil veinte (2020),, en la ciudad de San Fernando, Jurisdicción del Municipio San Fernando del Estado Apure, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de Biruaca Estado Apure, siendo las 10:00 a.m., del día (13) del mes de diciembre de Dos Mil Veintiuno (2.021). Años 211º de la Independencia y 161º de la federación.
La Juez;
Abg. MILVIDA CABELLIS UTRERA ROJAS
El Secretario,

Abg. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR.

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N° , al folio ( ), del Libro Diario.

El Secretario,
Abg. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR.

Sol. N° 96-21
MCUR/CEGB/vmcc.-.



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