REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:





TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

SOLICITUD: 22-51.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL “De-Cujus: FREDY ALEXI LUNA
SOLICITANTE: CELINA MARGARITA GUEVARA LOPEZ
ABOGADO(A): FRANKLIN JAVIER MARTINEZ LUNA

FECHA DE ENTRADA: 06 DE ABRIL DE 2022.

Vista la anterior Solicitud, presentada por la ciudadana: CELINA MARGARITA GUEVARA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.237.516, quien actuando en nombre y representación de sus hijos los ciudadanos: JORGE LUIS LUNA GUEVARA, CARLOS ALEXIS LUNA GUEVARA, KELVIN ADRIAN LUNA GUEVARA, LEANDRO JOSE LUNA GUEVARA y JOSELINA FREDIMAR LUNA GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-17.608.916, V-18.545.636, V-19.405.868, V-21.004.424 y V-27.861.660, y de este domicilio respectivamente, debidamente, representados por su Apoderado Judicial según Poder Apud-Acta, amplio y suficiente, todo en cuanto en derecho se requiere y fuere necesario, en este acto al Abogado en ejercicio legal ciudadano: FRANKLIN JAVIER MARTINEZ LUNA, titular de la cedula de identidad N°V-15.358.664, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No 188.494, quien ha solicitado se les declare, como: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De-Cujus: FREDY ALEXI LUNA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N°. V-10.615.114, de Cincuenta y Un (51) Años de edad, quien falleció ab-intestato en el Hospital Pablo Acosta Ortiz, por causas Infarto Agudo al Miocardio, el día Veinticinco (25) de Junio del Año Dos Mil Veintiuno (2021), del Municipio San Fernando, Estado Apure, quien vivía en el Casco Central, Casa N°.41, del Municipio Biruaca, Estado Apure, según copia del original que reposa en los libros del REGISTRO DE DEFUNCION, llevados por antes el Registro Civil del Consejo Nacional Electoral del Municipio San Fernando, del Estado Apure, bajo el Acta No 199, Folio 199, del Año 2021, debidamente Certificada, de fecha 18/02/2022. Oídas las declaraciones de las testigos ciudadanas: IRAIMA YAMILETH DOMINGUEZ LUNA y LISMARY CAROLINA CARRILLO CASTILLO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.241.984 y V-15.359.889, respectivamente y de este domicilio; quienes declararon que “Si conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace varios años al De-Cujus: FREDY ALEXI LUNA”; que “Si conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace varios años a los ciudadanos: JORGE LUIS LUNA GUEVARA, CARLOS ALEXIS LUNA GUEVARA, KELVIN ADRIAN LUNA GUEVARA, LEANDRO JOSE LUNA GUEVARA y JOSELINA FREDIMAR LUNA GUEVARA y a la ciudadana: CELINA MARGARITA GUEVARA LOPEZ”; que “Si dan fe que el ciudadano: De-Cujus: FREDY ALEXI LUNA, falleció ab-intestato en el Hospital Pablo Acosta Ortiz, del Municipio San Fernando Estado Apure, el día Veinticinco 25 de Junio del Año Dos Mil Veintiuno (2021), a las 5:00 a.m.”; que “Si saben y les consta que el De-Cujus: FREDY ALEXI LUNA, no tuvo otros hijos, ni legítimos, ni naturales, ni adoptivos, ni reconocidos, que los antes nombrados”; que “Si dan fe que los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De-Cujus: FREDY ALEXI LUNA, son sus cinco (5) legítimos hijos los ciudadanos: JORGE LUIS LUNA GUEVARA, CARLOS ALEXIS LUNA GUEVARA, KELVIN ADRIAN LUNA GUEVARA, LEANDRO JOSE LUNA GUEVARA y JOSELINA FREDIMAR LUNA GUEVARA y su concubina: CELINA MARGARITA GUEVARA LOPEZ”.-
D I S P O S I T I V A:
Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con las copias Certificadas del Acta Defunción, de la Constancia de Concubinato, de las copias Certificadas de las Actas de las Partidas de Nacimientos, y las copias de las Cedulas de Identidad, de aquí todos los prenombrados, por cuanto en esta actuación sólo aparecen como: “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS”, los ciudadanos: CELINA MARGARITA GUEVARA LOPEZ, JORGE LUIS LUNA GUEVARA, CARLOS ALEXIS LUNA GUEVARA, KELVIN ADRIAN LUNA GUEVARA, LEANDRO JOSE LUNA GUEVARA y JOSELINA FREDIMAR LUNA GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-11.237.516, V-17.608.916, V-18.545.636, V-19.405.868, V-21.004.424 y V-27.861.660, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo (937) del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de: La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: Bastante y Suficientemente la presente actuación a favor de los ciudadanos: CELINA MARGARITA GUEVARA LOPEZ, JORGE LUIS LUNA GUEVARA, CARLOS ALEXIS LUNA GUEVARA, KELVIN ADRIAN LUNA GUEVARA, LEANDRO JOSE LUNA GUEVARA y JOSELINA FREDIMAR LUNA GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-11.237.516, V-17.608.916, V-18.545.636, V-19.405.868, V-21.004.424 y V-27.861.660, y de este domicilio respectivamente; en su condición de: “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS”, del De-Cujus: FREDY ALEXI LUNA”, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA:
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 12:00 a.m., del día Lunes Veinticinco (25) del mes de Abril del Dos Mil Veintidós (2.022). Años: 212º de Independencia y 163º de Federación.-
EL JUEZ;
ABG. CHRISTTIAN J. MARQUEZ S.
La Secretaria Titular,
ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ.

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N° al folio ( ), del Libro Diario.

La Secretaria Titular,
ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ.-


SOLICITUD: N°.22-51.
CJMS/YDS/jwpc.-