REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.
San Fernando, 25 de Julio del 2022
211º y 164º
Exp. Nro. JMS2-1687-22
Visto el contenido de la diligencia de fecha 20-07-2022 suscrita por la ciudadana ANA YOCSELIN SULBARAN VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro. V-20.724.008, actuando en su condición de madre de los hermanos (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), de Siete (07) y Dos (02) años de edad, nacidos en fechas 23-02-2015 y 14-07-2020, según actas de nacimiento Nros. 573 y 748, cursantes a los folios Nros. 09 y 10, debidamente asistida por la Abg. KAIRUZAN PINTO GARCIA, Defensora Pública Auxiliar Tercero en el área de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde manifiesta que desiste del procedimiento llevado por ante este Despacho y así mismo solicita el cierre del mismo, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA, el Desistimiento del presente procedimiento por Demanda de Autorización Judicial para Viajar, en los términos expuestos por la parte interviniente, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y no habiendo más actuaciones que practicar; el Tribunal ordena el cierre definitivo de la presente causa y remitir la misma al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Cúmplase lo ordenado.
Regístrese y Publíquese la presente Decisión.-
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando a los Veinticinco (25) días del mes de Julio del año Dos Mil Veintidós (2022).- Años 211° de la Independencia y 164° de la Federación.-
La Juez Temporal
Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ.
La Secretaria,
Abg. ESMIRNA VIAMONTE.
En esta misma fecha siendo las 11:30 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia
La Secretaria,
Abg. ESMIRNA VIAMONTE.
NSR/EV/miguel.-
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