LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE


Biruaca, 08 de julio del 2021
211º y 161º


Visto el anterior justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara “TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN” a favor de los ciudadanos ORLANDO RAFAEL TOVAR AVILA, JUAN ERNESTO TOVAR AVILA, LAIDER MARILUZ TOVAR AVILA, LERIDA JOSEFINA TOVAR AVILA, FRANCISCO CARACCIOLO TOVAR AVILA, JOSE GREGORIO TOVAR AVILA, VICTOR OSWALDO TOVAR AVILA, MARELYS DE JESUS TOVAR AVILA venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédulas de identidad Nº 8.154.399, 9.594.807, 9.871.172, 8.195.320, 8.196.352, 8.166.281, 8.167.688 y 11.243.955, las bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, consistentes en unas bienhechurías construidas en terrenos de propiedad municipal, según se evidencia en Autorización otorgada por la Abg. MARIA MERCEDES ANZOLA ALVARADO, en su condición de Sindica Procuradora de la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure, con una superficie de terreno de TRESCIENTOS TREINTA Y TRES METROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (333,64 Mts2), Arichuna ,Parroquia Peñalver, calle Bolivar Jose R. Bello y calle Perimetral RI Apure, Municipio San Fernando del Estado Apure, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Perimetral Rio Apure en (28,95 Mts); SUR: Calle Bolivar en (30,30 Mts) ESTE: Casa de la Familia Peña (30,90 Mts) y OESTE: Calle Jose Romero Bello en (26,90 Mts); las bienhechurías esta conformada por: Una (01) Casa de habitacion familiar edificada en mamposteria, tres (03) habitaciones, una (01) sala-comedor, una (01) cocina, Techo de Acerolit, cinco (05) ventanas de hierro, cinco (05) puertas de hierro, piso liso. Una (01) construccion adicional contentiva de un (01) baño con techo de zinc, paresdes de concreto y piso liso con las siguientes medidas: 2.28 x 2.75 mts. Siendo el valor de las referidas bienhechurías la cantidad de DOCE MIL MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 12.000.000.000,00). Bienhechurías estas fomentadas a las únicas y propias expensas de los ciudadanos ORLANDO RAFAEL TOVAR AVILA, JUAN ERNESTO TOVAR AVILA, LAIDER MARILUZ TOVAR AVILA, LERIDA JOSEFINA TOVAR AVILA, FRANCISCO CARACCIOLO TOVAR AVILA, JOSE GREGORIO TOVAR AVILA, VICTOR OSWALDO TOVAR AVILA, MARELYS DE JESUS TOVAR AVILA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédulas de identidad Nº 8.154.399, 9.594.807, 9.871.172, 8.195.320, 8.196.352, 8.156.281, 8.167.688 y 11.243.955. Se ordena devolver estas resultas al solicitante, quedando anotado el libro de solicitudes llevado por este Tribunal durante el año 2021, bajo el Nº 46-21.

LA JUEZA,
ABG. MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS

LA SECRETARIA


ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DIAZ

Se devolvió original de estas actuaciones al solicitante, quedando copia de la misma en el archivo de este Tribunal

LA SECRETARIA

ABG. JOHANNA ANDREINA LAYA DIAZ



MCUR/jl/vc
Solicitud 46-21