REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.-
San Fernando, 11 de Marzo de 2022
211º y 162º
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
SOLICITANTE: YERELL YASSIEL SERRANO BUSTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 19.682.202.
ADOLESCENTE: (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero).
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA EJERCER REPRESENTACIÓN.
SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial para Ejercer Representación, formulada por ante este Tribunal en fecha 22-02-2022, por la ciudadana YERELL YASSIEL SERRANO BUSTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-19-682-202, actuando a favor de la adolescente (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), debidamente asistida por la Abg. KAIRUZAN PINTO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 255.906. En fecha 08 de Febrero de 2022, se admitió la presente solicitud, celebrándose la Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria, tal como se evidencia en los folios 07, 08 y 09 de los autos.
CONSIDERACIÓN PARA DECIDIR:
Ahora bien, luego de haber realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Sentenciadora en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, pasa a decidir previa la siguiente consideración:
El presente caso se trata de la adolescente (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), donde la ciudadana YERELL YASSIEL SERRANO BUSTOS, solicita se le expida Autorización a la ciudadana YAMILE DEL ROSARIO BUSTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.596.185, para que represente a la adolescente quién es su nieta, ante Instituciones Educativas y de Salud, dado a que en la oportunidad de la celebración de la Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria la ciudadana YAMILE DEL ROSARIO BUSTOS manifestó al Tribunal: “(……) estoy en total acuerdo con la presente solicitud, por lo que asumo el compromiso de representar a mi nieta en Instituciones Educativas y de Salud,”, además de ello éste Órgano Jurisdiccional garantizó como fue el derecho que tienen los Niños, Niñas y Adolescentes de opinar y ser oídos consagrado en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se procedió en la referida Audiencia a oír la opinión del Niño que nos ocupa quién una vez habilitado manifestó estar de acuerdo con la presente solicitud, es por lo que considera quién aquí suscribe que la presente solicitud es PROCEDENTE y debe prosperar en Derecho declarándose Con Lugar y así quedará establecido en el Dispositivo del presente fallo.
DECISIÓN:
Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud formulada por la ciudadana YERELL YASSIEL SERRANO BUSTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.682.202, actuando a favor de la adolescente (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), debidamente asistida por la Abg. KAIRUZAN PINTO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 255.906.
SEGUNDO: Se AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana YAMILE DEL ROSARIO BUSTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 9.596.185, para que en su condición de Abuela Materna de la adolescente (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), Ejerza ante tanto en Instituciones Educativas como de Salud, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 28, 63 y 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
TERCERO: Expídase por secretaría Copias Certificadas de la presente decisión entréguese a la interesada para fines legales; así como también devuélvanse los documentos originales acompañados, dejándose copias fotostáticas certificadas de los mismos autos.
CUARTO: Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión para su Archivo, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide expresamente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, a los Once (11) días del mes de Marzo del año Dos Mil Veintidos (2022).- Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.-
La Juez Temporal
Abg. JANNIS MEJIAS GARRIDO
El Secretario,
Abg. JORGE RONDON
En ésta misma fecha se publicó la presente Sentencia, previo anuncio de Ley, siendo las 02:41 pm.
El Secretario,
Abg. JORGE RONDON
Exp. Nro. JMSS1-9807-22
JMG/MariaJose.-
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