REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
De los Municipios San Fernando y Biruaca de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando de Apure, 15 de Marzo del 2022.-
211° y 163°

Vista la Solicitud Nº 22-26, presentada por los ciudadanos LUIS ALBERTO GONZALEZ y NELLYS VICTORIA SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nº V-2.476.720 y V-8.150.423; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conforme, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Autorización, expedido por la Alcaldía del Municipio Biruaca del estado Apure de fecha nueve (09) de Diciembre del año 2.021; dicho terreno consta de SETECIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS (713,98 M2); ubicado en la Parroquia San Fernando, Sector los Silos, Calle los Chaguaramos, Municipio San Fernando, Estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: CASA DE SUMIRIS MONTOYA, EN VEINTIOCHO METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (28,50.Mts); SUR: CALLE LOS CHAGUARAMOS, EN VEINTISEIS METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (26,50.Mts); ESTE: CASA DE LA FAMILIA MALDONADO, EN VEINTISEIS METROS (26,00Mts); y OESTE: CASA DE FREDDY SERRANO, EN VEINTISEIS METROS (26,00Mts); las cuales ha construido con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expensas, una (1) casa, techo de acerolit, piso de cemento pulido, paredes de bloques, frisadas y mezclilladas, puertas y ventanas de hierro posee una (1) habitación matrimonial con baño interno, dos (2) habitación normal, una (1) sala de recibo, un (1) comedor, una (1) cocina, un (1) baño, lavandero, porche, garaje, cercado toda con bloque, agua y luz; sobre las cuales ha invertido la cantidad de DOS MIL BOLIVARES DIGITALES (BS. 2.000,00). Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas de los ciudadanos LUIS ALBERTO GONZALEZ y NELLYS VICTORIA SUAREZ, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas a la parte solicitante.
El Juez,

Abog. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.

El...
…Secretario Temporal,

Abog. FREDDY J. TORTOZA F.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.


El Secretario Temporal,

Abog. FREDDY J. TORTOZA F.


















FJP/fjtf/jomairyn.-