REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

San Fernando de Apure, 28 de marzo del año 2.022.
211° y 163°

SOLICITUD: 22-46
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: YETSON ELI HERNANDEZ GARCIA
FECHA DE ENTRADA: 28 DE MARZO DEL AÑO 2.022

Vista la solicitud Nº 22-46, presentada por el ciudadano YETSON ELI HERNANDEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.394.287, en su propio nombre e interés, asistido solo por este acto en representación de la Abogado ANA V. ARMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.762.788, e inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 130.048, de este domicilio, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurias existente en una parcela de terreno de su propiedad, según documento de COPIA CERTIFICADA DE COMPRA - VENTA DE EJIDO. El cual queda registrado por ante la Oficina del Registro Publico del Municipio Autónomo San Fernando, de fecha Seis (06) de Agosto del Dos Mil Trece (2013), quedando inscrito bajo el Nº 4713 y Folio 4734-4734 Respectivamente. Este Documento quedo inscrito bajo el Numero 2013.2357, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 271.3.6.1.11261 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013. Con un área de NOVENTA Y SIETE METROS CON VEINTICUATRO CENTIMETROS (97.24 M2/cm), ubicado en la “URBANIZACION LOS CENTAUROS, CALLE PRINCIPAL, MANZANA E14 CASA NRO. 10”, Municipio San Fernando, Ubicados dentro de los siguientes linderos Cívicos: NORTE: Calle Principal, con Siete Metros con quince centímetro, (7,15 Mts); SUR: Familia Salazar, con Siete Metros con quince centímetro, (7,15 Mts); ESTE: Familia Lozada, con Trece Metros con sesenta centímetro, (13,60 Mts); OESTE: Familia Montero con Trece Metros con sesenta centímetro, (13,60 Mts)”; y con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expensas ha construido las bienhechurias antes mencionadas, constituidas por: Una casa de habitación conformadas por paredes de bloque, techo de platabanda, piso de cemento pulido, Tres (03) dormitorio, friso de cemento, una (01) sala, una (01) cocina – comedor, una (01) sala de baños, un (01) estacionamiento techado con acerolit y piso de cemento, con portón de hierro, puertas y ventanas de hierro, con todos los servicios públicos. Con un área aproximada de construcción de Ochenta y Cinco Metros Cuadrados (85 Mtrs2). En las cuales invirtieron una suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 3.500.000,00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano YETSON ELI HERNANDEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.394.287, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la solicitante.
El Juez;


ABG. CHRISTTIAN MARQUEZ.



La Secretaria Titular;


ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº_____, al folio (_____________) del Libro Diario.



La Secretaria Titular;


ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ



Solicitud N°. 22-46
CM/YVS/Douglas.