REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 5 de Mayo de 2022
212° y 163°


Causa Nº 1Aa-4039-21
JUEZ PONENTE: JOSÉ LUÍS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ


Corresponde a esta Corte decidir sobre la pretensión interpuesta el 1-7-2021, por la Abg. Rosa Elena Rojas Cedeño, en su condición de Fiscal Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, contra el auto dictado el 23-2-2021, y publicado el 23-6-2021, por el Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Francisco Javier Reyes, mediante el cual acordó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad a favor del acusado Juan de la Cruz Vega Moreno, por la comisión del delito de Abuso Sexual Agravado a Niña con Penetración Continuada, previsto en el artículo 259 primer y segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 99 del Código Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

I
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

Cursa al folio 44 del presente cuaderno de incidencia, nota secretarial suscrita por la Abogada Mayeda Susana Al Hennaoui Talia, Secretaria de esta Corte de Apelaciones, de la que se lee: “…Se deja constancia que en el día de hoy, cuatro (4) de Mayo de dos mil veintidós (2022), siendo las 11:46 horas de la mañana, me trasladé hasta el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure, siendo atendida por la funcionaria Erika Mena, quien se desempeña como Secretaria del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, a los fines que informara el estado actual del asunto penal signado con el Nº CP32-S-2020-000750 que guarda relación con cuaderno de apelación signado con el Nº 1Aa-4039-21, quien informó que en fecha 18 de Abril de 2022 en Audiencia Preliminar, es condenado a cumplir la pena de VEINTICINCO (25) AÑOS, SEIS (6) MESES Y CINCO DÍAS, al ciudadano JUAN DE LA CRUZ VEGA MORENO, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO A NIÑA CON PENETRACION CONTINUADO, tipificado en el artículo 259 primer y segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 99 del Código Penal…”.

De lo trascrito previo no hay duda en cuanto a la configuración en este caso de pérdida del interés procesal por parte de la Recurrente, toda vez que decretada la Sentencia Condenatoria al ciudadano Juan de la Cruz Vega Moreno, la controversia sobre la materia cautelar cedió ante los efectos de la resolución definitiva del fondo del asunto, que desvirtuó la presunción de inocencia, por lo que la Corte asume, que se debe declarar no ha lugar la pretensión interpuesta el 1-7-2021, por la Abg. Rosa Elena Rojas Cedeño, en su condición de Fiscal Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. ASI SE DECIDE.

II
DISPOSITIVA

En virtud de los razonamientos antes expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:

UNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta el 1-7-2021, por la Abg. Rosa Elena Rojas Cedeño, en su condición de Fiscal Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, contra el auto dictado el 23-2-2021, y publicado el 23-6-2021, por el Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Francisco Javier Reyes, mediante el cual acordó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad a favor del acusado Juan de la Cruz Vega Moreno, por la comisión del delito de Abuso Sexual Agravado a Niña con Penetración Continuada, previsto en el artículo 259 primer y segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal.

Publíquese, regístrese, diarícese y remítanse las actuaciones al Despacho a cargo del A-quo. Cúmplase.

EL JUEZ PRESIDENTE,


EDWIN MANUEL BLANCO LIMA



EL JUEZ, (PONENTE)


JOSÉ LUÍS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ


LA JUEZA,


NINOSKA EKATERINA CONTRERAS ESPAÑA

LA SECRETARIA,


MAYEDA SUSANA AL HENNAOUI TALIA
En esta misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las once (11:00) de la mañana.
LA SECRETARIA,


MAYEDA SUSANA AL HENNAOUI TALIA





EMBL/JLSR/NECE/JU/José.-
Causa Nº 1Aa-4039-21