REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.

San Fernando, 20 de Octubre del año 2022
209º y 160º
Exp. Nro. JMSS2-5633-22.-

SENTENCIA DE JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:

SOLICITANTE: MARIA ANGELICA GONZALEZ VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.343.955.

BENEFICIARIOS: Niño: (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), de un año (01) de edad, nacido en fecha 12 de Octubre del año 2021, según acta Nro. 1560 de fecha 23 de Noviembre del año 2021.
I
El día 29 de Septiembre del año 2022, se recibió solicitud de Justificativo de Carga Familiar, presentada por la ciudadana MARIA ANGELICA GONZALEZ VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.343.955, actuando en defensa de los derechos e intereses del niño (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), beneficiarios en la presente causa.

En fecha 03 de Octubre del año 2022, se admitió la presente solicitud, fijando Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria, celebrándose la misma en fecha 18 de Octubre del año 2022, tal como se evidencia en la presente causa.
II
La ciudadana MARIA ANGELICA GONZALEZ VALERA, en su solicitud expresó que “Mantiene bajo sus cuidados y atenciones al niño (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), y es él quien ha contribuido con la manutención de el”. Ahora bien, dado el caso que es trabajadora adscrita a la Dirección General del Territorio Comunal Indigna Sabanas y Morichales Llaneros Apure-Guárico, en razón de lo cual disfruta de beneficios sociales que otorga dicha institución, por lo que solicita al Tribunal le permita incluir a los niños antes mencionados como parte de su carga familiar.”
III
Ahora bien, luego de haber realizado el estudio minucioso e individual a las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Sentenciadora en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, pasa a decidir previas las siguientes consideraciones.

El presente caso se trata del niño (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), donde la ciudadana MARIA ANGELICA GONZALEZ VALERA, solicita les sea declarados como parte de su carga familiar, toda vez que ha sido él quien ha cubierto los gastos de los referidos beneficiarios, de acuerdo a lo expresado, así como de las deposiciones de los testigos, que dicho ciudadano es quien ha estado encargado de sufragar la manutención de ellos, atendiendo por ende las necesidades de los mismos, todo con el fin de asegurarle su sano desarrollo.

De lo expresado por el solicitante, se observa igualmente que los supra mencionados beneficiarios gozarían de beneficios sociales que les permitirán disfrutar plenamente de sus derechos y garantías, tales como alimentación, educación (colegio y transporte), gastos médicos y medicinas, HCM, Plan Vacacional, Cesta Juguetes, Bono Navideño, Becas y demás beneficios. En razón de lo expuesto y probado como ha sido lo alegado, considera quién aquí suscribe que la presente solicitud es beneficiosa ya que va en pro del interés superior del Niño, Niña y Adolescente, tal como lo prevé el artículo 8 de la LOPNNA.
IV
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en la Ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Justificativo de Carga Familiar, presentada por la ciudadana MARIA ANGELICA GONZALEZ VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.343.955, actuando en defensa de los derechos e intereses del niño (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), de un año (01) de edad, nacido en fecha 12 de Octubre del año 2021, según acta Nro. 1560 de fecha 23 de Noviembre del año 2021, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, concatenado con los artículos 177 Parágrafo Segundo literal K y 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se declara al niño (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), como CARGA FAMILIAR de la ciudadana MARIA ANGELICA GONZALEZ VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.343.955, ya identificado en autos, para que gocen de todos los beneficios que le pueda brindar el ciudadano antes mencionado. Así se decide. TERCERO: Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, conforme a lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, Firmada y Sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Veinte Dias días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecinueve (202022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.


La Juez Temporal,

Abg. Nerys Sobeida Ruiz

La Secretaria Temporal,

Abog. Stefany Muñoz

En esta misma fecha se publicó la presente Sentencia, previo anuncio de Ley, siendo las 09:21 A.m.
La Secretaria,

Abog. Stefany Muñoz




Exp. Nro. JMSS2-5633-22
NSR/SM/AngeloBolivar.-