REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 18 de Octubre 2022
212° y 163°
Vista la Solicitud Nº 22-129, presentada por el ciudadano JOSE ALEXANDER TORRES HERRERA, venezolano, mayor de edad y de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-14.694.748, debidamente asistido por la Abg. Nayibeth Cecilia Rangel Castillo, libre ejercicio de la profesión con el Inpreabogado Nº 157.513 quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conforme, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta de Autorización expedida por la Sindicatura del Alcaldía del Municipio Biruaca del Estado Apure, en fecha ocho (08) de Agosto del año dos mil veintidós (2022); dicho terreno consta de: QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (584,69Mts2), ubicado en el sector Zenón, jurisdicción del Municipio Biruaca, del Estado Apure, alinderadas de la siguiente manera: NORTE: con Juan Herrera, en quince Metros con veinte Centímetros (15,20Mts), SUR: con carretera Nacional Biruaca-Achaguas, con dieciocho Metros con cincuenta Centímetros (18,50Mts), ESTE: con Rosmer Fernández, con treinta y tres Metros con cuarenta Centímetros (33,40Mts), OESTE: con Caño de Zenón, con treinta y seis Metros con Cero un Centímetros, (36,01Mts). Las bienhechurías tienen una superficie de construcción de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150.00Mts2) estructura de concreto, bloque, friso liso, cubierta de losa techo y piso rustico. Sobre las cuales ha invertido la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000.00) Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano JOSE ALEXANDER TORRES HERRERA, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas a la solicitante.
El Juez,
Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON
El Secretario,
Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, constante de ( ) folios útiles y quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
El Secretario.,
Abog. ORLANDO R. CORDOBA R.














FJP/oc/francys
Sol. 2022-129