REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 18 de Diciembre del 2023
213° y 164°.
DEMANDANTE: NASSER ASSAD EL HINNAOUI EL ATRACHE.
DEMANDADA: DISTRIBUIDORA FRIO DEL LLANO C.A, (DIFRICA), representada por los ciudadanos OSCAR GUILLERMO FUENTES TORO y ANGELICA MAIRYS TORREALBA.
MOTIVO:DESALOJO DE INMUEBLE DE LOCAL COMERCIAL.
EXPEDIENTE:16.821
SENTENCIA INTERLOCUTORIA: PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA POR DECLINATORIA DE COMPETENCIA.

Por recibido y visto el anterior expediente N°23-945, emanado del JUZGADO TERCERO DE MUNICPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, constante de una (01) pieza formada por diecisiete (17) folios útiles y una (01) compulsa, contentivo de juicio de CUMPLIMIENTO DE CONVENIO, seguido por la ciudadana entidad bancaria YOVEIDIS JOSEFINA NIEVES, contra la ciudadana MARVIS AMELIA NIEVES, désele entrada en el Libro respectivo, así mismo, este Juzgado procede a pronunciarse de la siguiente forma:
PRIMERO: Visto que en fecha 23 de Noviembre del 2023 se recibió por distribución ante el JUZGADO TERCERO DE MUNICPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, libelo de demanda por cumplimiento de DESALOJO DE INMUEBLE DE LOCAL COMERCIAL, instaurada por el ciudadanoNASSER ASSAS EL HINNAUOI EL ATRACHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.140.691, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio ciudadano NAHIN DE JESUS SANCHEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.359.477, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 152.682, en contra de la DISTRIBUIDORA FRIO DEL LLANO C.A, (DIFRICA), representada por los ciudadanos OSCAR GUILLERMO FUENTES TORO, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-14.182.696 y ANGELICA MAIRYS TORREALBA, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-13.806.128, la cual fue estimada en la cantidad de CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 144.000,00); equivalente a 16.000 U. T, o su equivalencia en dólares americanos al valor de la fecha en que se interpuso la demanda, que haciende a la suma de CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS (4.000 USD) de acuerdo a la taza del Banco Central de Venezuela, todo esto de acuerdo a la Resolución N° 2023-0001, de fecha 24 de mayo del 2023, emanada del Tribunal Supremo de Justicia. Asi las cosas, en fecha 28 de septiembre del año 2023, el JUZGADO TERCERO DE MUNICPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, dictó sentencia mediante la cual se declina el conocimiento del presente asunto al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, tal como se evidencia en los folios del (55) al (58) de cuyo contenido se extrae lo que a continuación se cita:
“… En consecuencia y por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, DECLINA COMPETENCIA al Tribunal (Distribuidor) de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, por considerar esta jurisdicente que existe incompetencia por la cuantía para conocer de la presente causa y así se decide.”
En consecuencia, este Tribunal se declara COMPETENTE en razón de la Cuantía, Materia y Territorio y ordena la admisión de la presente demanda.

SEGUNDO: Por recibido el anterior expediente N°23-945 nomenclatura del JUZGADO TERCERO DE MUNICPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, contante de sesenta y un (61) folios útiles y una (01) compulsa, contentivo de libelo de demanda de DESALOJODE INMUEBLE DE LOCAL COMERCIAL, instaurada por el ciudadanoNASSER ASSAS EL HINNAUOI EL ATRACHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.140.691, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio ciudadano NAHIN DE JESUS SANCHEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.359.477, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 152.682, en contra de la DISTRIBUIDORA FRIO DEL LLANO C.A, (DIFRICA), representada por los ciudadanosOSCAR GUILLERMO FUENTES TORO, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-14.182.696 y ANGELICA MAIRYS TORREALBA, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-13.806.128. Y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, dándole entrada en el Libro de Causas llevado por éste Juzgado con el Nº 16.821. Tramítese por el procedimiento oral, de conformidad con el artículo 859 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, tal como lo prevé el artículo 43 de la Ley de Alquileres de Locales Comerciales, cítese mediante compulsa a la parte demandada ciudadanosOSCAR GUILLERMO FUENTES TORO, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-14.182.696 y ANGELICA MAIRYS TORREALBA, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-13.806.128, en su carácter de representantes dela DISTRIBUIDORA FRIO DEL LLANO C.A, (DIFRICA), de conformidad con lo establecido en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguiente a que conste en autos su citación, de conformidad con el artículo 865 del Código de Procedimiento Civil y el 344 ejusdem, con motivo de la demanda que por DESALOJODE INMUEBLE DE LOCAL COMERCIAL les ha instaurado en su contra el ciudadano NASSER ASSAS EL HINNAUOI EL ATRACHE,venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.140.691, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio ciudadano NAHIN DE JESUS SANCHEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.359.477, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 152.682. Líbrese compulsa y con su auto de comparecencia al pié de la misma. Es todo.
La Juez Temporal,

Abg. AURI TORRES LAREZ.

El Secretario Titular,

Abg. FRANCISCO RAMON REYES PIÑATE.

ATL/Jennifer
Exp N° 16.821
CORREO ELECTRONICO: juzg.1de1ainstcivildeledoapure@gmail.com