REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

San Fernando de Apure, 03 de Julio del 2023.
213º y 164º.

SOLICITUD: 23-64.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
MATERIA: CIVIL.
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO.
SOLICITANTE: NIEVES RAQUEL QUIÑONES LAYA
FECHA DE ENTRADA: 20 DE JUNIO DE 2023.

Vista la Solicitud Nº 23-64, presentada por la parte interesada la ciudadana NIEVES RAQUEL QUIÑONES LAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.632.527, de este domicilio, actuando en su propio nombre y su representación, debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el N° 310.981. Quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de las testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN suficiente sobre un conjunto de bienhechurías constituidas por una casa de Habitación Familiar, construidas sobre un lote de propiedad Municipal como se evidencia en la Autorización Otorgada por la Alcaldía de Municipio Autónomo Biruaca, siendo el Síndico Procurador del Municipio el ciudadano JESUS ENRIQUE OTERO RANGEL, Venezolano, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 214.480, el cual fue sustanciado y aprobado bajo la cedula catastral signada bajo el Nro. 077/05/2023, de fecha 07/06/2023, con una superficie de terreno de NOVENTA Y DOS METROS CON DIECISEIS CENTIMETROS CUADRADOS (92.16 MTS2), ubicado específicamente en la SECTOR JOSE GREGORIO HERNANDEZ,CALLE PARALELA A LA AVENIDA INTERCOMUNAL del Municipio Autónomo de Biruaca del Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: HENRY ARMENTA (9.91MTS). SUR: LINDA QUIÑONES (9.91 MTS). ESTE: JOSE QUIÑONES (9.30MTS) y OESTE: CALLE PARALELA A LA AVENIDA INTERCOMUNAL (9.30MTS), construidas con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas, bienhechurías éstas que constan: una casa Familiar con las siguientes características: Tres (03) habitaciones, Una (01) Sala- Comedor, Dos (02) baños, Una (01) cocina, Tres (03) puertas de metal, Cinco (05) Ventanas de las cuales son de hoja de metal, techo de Acerolit, paredes de bloque de cemento frisada y piso de cemento liso. Bienhechurías que se determinan en la presente Solicitud y mediante Justificativo de los Testigos evacuados ante éste Tribunal, a favor de la ciudadana NIEVES RAQUEL QUIÑONES LAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.632.527, de este domicilio, Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.

LA JUEZ,


ABOG. CECILIA J. ARANGUREN DURAN

LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ


En esta misma fecha y hora se publicó, registro la anterior sentencia, y quedo en el punto Nº ( ), al folio ( ), del libro diario.

LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ.




SOLICITUD N° 23-64.
CAD/YS/K.