Se celebró audiencia primigenia de Juicio oral y evacuación de pruebas en el presente asunto


ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE JUICIO Y EVACUACIÓN DE PRUEBAS

PARTE DEMANDANTE: Ciudadana GENESIS MARIANNY RODRIGUEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-28.029.905.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: Abogado ANGEL MIGUEL FERLISI TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.156.047, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 165.062.
PARTE DEMANDADA: EMPRESA X BULTO C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados JUAN CARLOS GOMEZ BERMEJO Y MANUEL ALBERTO MORENO JUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.156.047, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 137.620 y 300.568.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS COCEPTOS.

En el día de hoy, miércoles diecinueve (19) de julio de dos mil veintitrés (2023), siendo las nueve y treinta (09:30) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juicio y Evacuación de Pruebas con motivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS COCEPTOS, seguida por la ciudadana GENESIS MARIANNY RODRIGUEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-28.029.905, contra la empresa X BULTO C.A. Se constituyó el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la Sala de Audiencias, presidido por la Juez Provisorio Geraldine Goenaga Prieto, con la asistencia de la Secretaria Aida Echenique Hernández y el Alguacil Eduardo Rafael González, razón por el cual la ciudadana Juez abre la sesión y da inicio a la Audiencia de Juicio, solicitando a la ciudadana Secretaria que informara sobre el motivo de la misma, la constitución del Tribunal y la presencia de las partes. La Secretaria informa a viva voz, el motivo de la audiencia y la constitución del Tribunal y deja constancia que en la sala se encuentra la ciudadana GENESIS MARIANNY RODRIGUEZ RAMOS, debidamente representada por el abogado ANGEL MIGUEL FERLISI TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.156.047, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 165.062; en su condición de parte demandante. Asimismo, se deja expresa constancia, que se encuentran presentes los abogados JUAN CARLOS GOMEZ BERMEJO Y MANUEL ALBERTO MORENO JUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.156.047, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 137.620 y 300.568; en su condición de apoderados judiciales de la parte demandada en el presente asunto. Seguidamente, la ciudadana secretaria informó que la presente audiencia será grabada a través de los medios audiovisuales por medio de una cámara de video Marca: Sony, Modelo: DCR-DVD910, Serial: 720687, aportada por el Tribunal Supremo de Justicia y manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación del Trabajo, ciudadano José Humberto Torrealba, dicha grabación servirá como medio de prueba de los hechos y circunstancias que se susciten en la presente audiencia.
Acto seguido, el Tribunal le concede el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte actora, cuyas deposiciones se encuentran íntegramente grabadas en la memoria digital.

PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE ACTORA EN LA AUDIENCIA PRELIMINAR Y ADMITIDAS POR EL TRIBUNAL:
1° Consignó con el escrito libelar, documental en copia fotostática simple, ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA, de fecha 23 de agosto de 2022, registrada bajo el N° 17, Tomo 36-A, de fecha 07 de septiembre del 2022, ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción del Estado Apure, anexo marcada con la letra “A” y cursante a los folios 4 y 5 del presente expediente. 2° Promovió documental en copia fotostática simple, denominada por promovente como ACTA DE AUDIENCIA DE RECLAMO efectuada ante la Inspectoría del Trabajo de San Fernando de Apure, en fecha 15 de noviembre de 2022, anexo marcada con la letra “A” y cursante al folio 68 del presente expediente. 3° Promovió documental en copia fotostática simple, denominada por el promovente como FACSÍMILES DE CHAT ENTRE EL CIUDADANO “PEDRO” y la ciudadana MONICA DAYANA SILVA OJEDA, anexo marcadas con la letras “B”, “B1”, “B2” Y “B3”, y cursantes a los folios del 69 al 72 del presente expediente respectivamente. Las observaciones de las partes respecto de las documentales promovidas, se encuentran íntegramente reproducidas en la memoria audiovisual. 4° Promovió y solicitó al Tribunal, ordene a la parte demandada, la exhibición de los documentos originales que se encuentran en su poder, los cuales son del tenor siguiente: (i) Declaración de Impuesto Sobre la Renta, de la empresa X BULTO, C.A, del ejercicio fiscal del año 2021, en formato emitido por el SENIAT. (ii) Constancia de Inscripción de la empresa X BULTO C.A por ante el Seguro Social y el listado de Registro de los Trabajadores desde la fecha de su constitución hasta la fecha del despido. (iii) Libro Diario de la empresa X BULTO, C.A. desde la fecha de su constitución hasta la fecha del despido. (iv) Listado de los Trabajadores de la empresa X BULTO, C.A. afiliados al INCES y al FAOV, desde la fecha de su constitución hasta la fecha en que fue despedida. (v) Constancia de Registro de la empresa X BULTO C.A, ante el INPSASEL y el comité de delegados de prevención y seguridad en el medio ambiente de trabajo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo… 5° Promovió testimonial de la ciudadana LARES LARA PAOLA RUBI, venezolana, mayor de edad titular de las cedula de identidad N° V-30.343.581. La deposición de la testigo se encuentra íntegramente reproducida en la memoria audiovisual.
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDADA EN LA AUDIENCIA PRELIMINAR:
1° Promovió prueba documental, denominada por el promovente como Recibo de Pago N° 000112, en Original, emanando de la empresa X BULTO C.A, de fecha 31 de agosto del año 2022, emitido a favor de la ciudadana GENESIS RODRIGUEZ, anexo con la letra “A”, y cursante al folio 75 del presente expediente. Las observaciones de las partes respecto de las documentales promovidas, se encuentran íntegramente reproducidas en la memoria audiovisual.
El Tribunal, se retiró por sesenta (60) minutos para hacer la deliberación privada.
De vuelta a la Sala, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS COCEPTOS, incoada por la ciudadana GENESIS MARIANNY RODRIGUEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-28.029.905, contra la empresa X BULTO C.A. Segundo: No hay condenatoria en costa dada la naturaleza de la presente causa. El fallo que contendrá las especificaciones de hecho y de derecho en que se apoya la presente decisión se dictará en el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por razones de seguridad la memoria digital que contiene la grabación del presente acto, se deja en custodia del archivo audiovisual, donde será colocada en los dispositivos de almacenamiento, identificándola con el número del expediente y nombre de las partes. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Provisorio,

Abg. Geraldine Goenaga Prieto
Parte Demandante,

Apoderado Judicial de la parte Demandante,


Apoderados Judiciales de la Parte Demandada,


La Secretaria;

Abg. Aida Echenique Hernández