REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 27 de Febrero de 2022.
211° y 164°
SOLICITUD: 22-19
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS. (GLORIA FERMINA TOVAR
DE PIÑERO).
SOLICITANTE: FELIX ADRIAN PIÑERO TOVAR
FECHA DE ENTRADA: 03 DE FEBRERO DE 2023.
Vista la anterior Solicitud, presentada por el ciudadano: FELIX ADRIAN PIÑERO TOVAR, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.597.200, actuando en su propio nombre y representación de sus hermanos los ciudadanos: FREDDYS NABOR PIÑERO TOVAR, OMAIRA DEL CARMEN PIÑERO TOVAR, MAIREN MAYULIS PIÑERO TOVAR, JUAN EUSTOGIO PIÑERO TOVAR, RAFAEL DARIO PIÑERO TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-10.623.242, V-11.235.166, V-9.597.201, V-14.343.756 Y V-8.194.676, respectivamente, debidamente asistidos por la Defensora Publica Provisoria Segunda en Materia Civil e Inquilinaria con Competencia para actuar en materia Civil, Mercantil y Transito, Abogada: KENIA ECHENIQUE DE FARFAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°V-17.609.504, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 173.281, de este domicilio, quienes han solicitado se les declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la “DECUJUS”, la ciudadana GLORIA FERMINA TOVAR DE PIÑERO, quien fue venezolana, titular de la cédula de Identidad N° V-8.161.647, falleció Ab-Intestato, en el Barrio José Félix Rivas, casa S/N°, de esta ciudad San Fernando, Estado Apure según consta en el acta de defunción Numero 414, en fecha 12/06/2021, al folio 164, a la edad de 77 años, y oídas las declaraciones de los ciudadanos: y oídas las declaraciones de los ciudadanos PEREZ CARMEN RAFAELA y RODRIGUEZ CARLOS RAFAEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-8.155.209 y N° V-12.904.202, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes declararon que si conocieron al Decujus que en vida llevara por nombre: GLORIA FERMINA TOVAR DE PIÑERO, quien fue venezolana, titular de la cédula de Identidad N° V-8.161.647, que sí saben y les consta que los ciudadanos solicitantes: FELIX ADRIAN PIÑERO TOVAR, FREDDYS NABOR PIÑERO TOVAR, OMAIRA DEL CARMEN PIÑERO TOVAR, MAIREN MAYULIS PIÑERO TOVAR, JUAN EUSTOGIO PIÑERO TOVAR, RAFAEL DARIO PIÑERO TOVAR, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-9.597.200, V-10.623.242, V-11.235.166, V-9.597.201, V-14.343.756 Y V-8.194.676, respectivamente, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus GLORIA FERMINA TOVAR DE PIÑERO, quien fue venezolana, titular de la cédula de Identidad N° V-8.161.647.
D I S P O S I T I V A
Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, examinadas como han sido la copia certificada del Acta de Defunción, Actas de Nacimiento, de los interesados, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de esta Circunscripción Judicial, considera, por cuanto en estas actuaciones sólo aparece como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos FELIX ADRIAN PIÑERO TOVAR, FREDDYS NABOR PIÑERO TOVAR, OMAIRA DEL CARMEN PIÑERO TOVAR, MAIREN MAYULIS PIÑERO TOVAR, JUAN EUSTOGIO PIÑERO TOVAR, RAFAEL DARIO PIÑERO TOVAR, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-9.597.200, V-10.623.242, V-11.235.166, V-9.597.201, V-14.343.756 Y V-8.194.676, respectivamente, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos FELIX ADRIAN PIÑERO TOVAR, FREDDYS NABOR PIÑERO TOVAR, OMAIRA DEL CARMEN PIÑERO TOVAR, MAIREN MAYULIS PIÑERO TOVAR, JUAN EUSTOGIO PIÑERO TOVAR, RAFAEL DARIO PIÑERO TOVAR, ampliamente identificados, en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus GLORIA FERMINA TOVAR DE PIÑERO, quien fue venezolano, titular de la cédula de Identidad N° V-8.161.647, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 11:38 a.m., a los (27) días del mes de Febrero de Dos Mil Veintitres (2023). Años 212º de la Independencia y 164º de la federación.
El Juez
Abg. CHRISTTIAN MARQUEZ.
La Secretaria Titular.
Abg. Yudit Sánchez.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N°( ), al folio ( ), del Libro Diario.
La Secretaria Titular.
Abg. Yudit Sánchez
Solicitud. N° 22-19.
CM/YS/ K.
|