REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 22de mayode 2023

213° y 164°

Vista la Solicitud Nº 23-65, presentada por los ciudadanosROMER ALFREDO MARCHENA AGUILAR, SENOVIA YOSMER MARCHENA QUERALES, RONALD JOSE MARCHENA AGUILAR Y JOSE RAFAEL MARCHENA AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad,Nros. V-16.528.109, 18.993.088, V-20-611-228, y V-20.611.229, de este domicilio, debidamente asistidos por la defensora públicaAbog. SUELKYS RODRIGUEZ., inscrita en el Inpreabogado bajo Nº113.239, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conforme, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta de Autorización expedida por la Sindicatura del Municipio San Fernando del estado Apure, en fecha veintisiete (27) de Marzo del año dos mil veintitrés (2023); dicho terreno consta de: SESENTA Y NUEVE METROSCON DIECISEIS AL CUADRDO. (69,16.Mts2)ubicado en la Calle Diana, Parroquia San Fernando del Municipio San Fernando, Estado Apure-, comprendidas dentro de los siguientes Linderos:NORTE: Familia Laya, En cinco con cuarenta centímetros. (5.40Mts);SUR:Calle Diana, En cinco centímetros. (5,00 Mts); ESTE:Familia Marchena, En trece con treinta centímetros.(13,30Mts);OESTE:Colegio Nuestra Señora del Carmen, Entrece con treinta centímetros(13,30Mts),las características constructiva de la vivienda son las siguientes: paredes de bloque, techo de acerolit, piso de cemento liso, puerta y ventana de hierro; una (01) sala, comedor y cocina, una (01) habitación con techo de machimbrado, un (01)baño, cerca perimetral de bloque, con servicios de aguas, portón de hierro, una (01) ventana, un (1) garaje, servicio de luz, habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de Diecisiete Mil Quinientos Bolívares sin Céntimos (Bs. 17.500,00) Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas de los ciudadanosROMER ALFREDO MARCHENA AGUILAR,SENOVIA YOSMER MARCHENA QUERALES, RONALD JOSE MARCHENA AGUILAR Y JOSE RAFAEL MARCHENA AGUILAR plenamente identificada. Se ordena devolver estas resultas a la solicitante.

El Juez,

Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON

La Secretaria Temp.,

Abog. MARIA A, MARTINEZ. -
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, constante de ( ) folios útiles y quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.

La Secretaria Temp.,

Abog. MARIA A, MARTINEZ. -


FJP/mam/francys
Sol. 20.23-65