REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 30 de mayo del año 2.023.

212° y 163°.

Vista la Solicitud presentada por el ciudadanoMILED JOSE PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.770.714, de este domicilio,en representación y conjuntamente con sus hermanos JORGE MANUEL PEREZ, EDDA DE JESUS PEREZ DE GRATEROL, MARIS BEATRIZ PEREZ DE GUZMAN y PEDRO PABLO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.8.161.703, 4.138.966, 4.138.967 y 4.142.770,respectivamente, signada con el N° 2.023- 67; quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN,suficiente sobre las bienhechurías construidas en un lote de terreno de su propiedad, según documento Autenticado por ante la Notaria Publica Séptima de Valencia, estado Carabobo, en fecha 18 de mayo del año 2.007, asentada bajo el N° 31, Tomo 99, de los Libros de Autenticaciones llevados por la referida Notaría, documento que además fue debidamente Protocolizado por ante la oficina del Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 14 de octubredel año 2.014, bajo el N° 2014.1837, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 271.3.6.1.14762 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2014; constante deCINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS(5.662,64 M2), ubicado en “LA AV. INTERCOMUNAL BOMBA LAS TERRAZAS”, ubicado dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Terreno de José Ismael Armada, en Sesenta y Ocho Metros con OchentaCentímetros (68,80mts); SUR: Entrada Principal a la Urbanización Las Terrazas, en Cuarenta y Nueve Metros con Sesenta Centímetros (49,60mts); ESTE: Av. Intercomunal Los Centauros, en Tres Metros con Cincuenta Centímetros más Setenta y Ocho Metros con Setenta Centímetros más Doce Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (3,50 + 78,70 + 12,45 mts), yOESTE: Urb. Las Terrazas, en Cincuenta y Dos Metros con Sesentay Cinco Centímetros más Cuarenta y Cuatro Metros con Sesenta Centímetros(52,75 + 44,60 mts).Las bienhechurías levantadas en el mencionado inmueble están constituidas por: una construcción con techo de platabanda, piso de granito, vigas y columnas de concreto, dos (02) salas de baño, cuatro (4) habitaciones, bases de concreto (fundamentos y viga riostra), un (1) galpón con estructura metálica, techo de zinc y piso de concreto, una (1) estructura con techo de zinc y tubos metálicos, así como una (1) habitación con paredes de bloques, piso de cemento pulido, puertas metálicas y techo de zinc, todas cuentan con servicios de agua y luz; en las cuales he invertido la cantidad deDOSCIENTOS CINCUENTA MILBOLIVARES (Bs. 250.000,00) fomentados a las únicas y propias expensas delos ciudadanosMILED JOSE PEREZ,JORGE MANUEL PEREZ, EDDA DE JESUS PEREZ DE GRATEROL, MARIS BEATRIZ PEREZ DE GUZMAN y PEDRO PABLO PEREZ,venezolanos, mayores de edad, titulares de lascédulas de identidad Nros.3.770.714, 8.161.703, 4.138.966, 4.138.967 y 4.142.770, respectivamente. Se ordena devolver éstas resultas al solicitante.-

El Juez,

Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON.
LaSecretaria Temporal,

Abog. MARIA ALEJANDRA MARTINEZ.

En ésta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de: ( ) Folios útiles y, quedó anotada en el punto N°, alFolio , del Libro Diario.

LaSecretaria Temporal,

Abog. MARIA ALEJANDRA MARTINEZ.

Doy fe de la exactitud de las copias que anteceden, las certifico de orden del Tribunal, en San Fernando de Apure a los treinta (30) días del mes de mayodel año dos mil veintitrés (2.023).- Años: 212º de la Independencia y 163° de la Federación.

La Secretaria Temporal,

Abog. MARIA ALEJANDRA MARTINEZ.



FJP/mam/Erasmo.-
SOL. N° 2.023- 67.-