LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

Biruaca, 19 de Octubre de 2023
213° y 164°
SOLICITUD: 91-23
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: YACKSON ELOY GIL AREVALO.
FECHA DE ENTRADA: 02 DE OCTUBRE DEL 2023
Visto el justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara “TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN”, a favor del ciudadano: YACKSON ELOY GIL AREVALO venezolano, mayor de edad, soltero, de cedula de identidad Nº 17.395.323, debidamente asistidos en este acto por la abogada Deixy Yajaira García H, venezolana, mayor de edad, de cedula de identidad Nº 13.805.170, inscrita con el inpreabogado bajo el Nº 138.112, que con dinero de su propio peculio ha construido unas bienhechurías, sobre un terreno de Propiedad Municipal, según se evidencia en Autorización otorgada por el Abg. RONNY GUTIERREZ, en su condición de Sindico Procurador del Municipio San Fernando del Estado Apure, certificado de empadronamiento Nº 012307 de fecha 13-09-2023. Tiene una superficie de DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS, CON CERO CENTIMETROS, (220.00 m2), ubicado en el Barrio Florentino Coronado, casa S/Nº, Parroquia San Fernando, Municipio San Fernando del Estado Apure, alinderado de la manera siguiente; NORTE: Parcela de la Familia Martínez en (20.00 mts); SUR: Casa de la Familia Sandoval en (20.00 mts); ESTE: Vía Los Cedros en (11.00 mts); y OESTE: Parcela de la Familia Martínez en (11.00 mts). El mencionado e identificado inmueble esta formado por Una (01) Construcción de Mampostería o bloque, cuatro (04) viga riostra, dieciséis (16) mechones, cuatro (04) paredes de bloque para construcción de cerca perimetral. El costo total de la bienhechuría antes mencionada fue de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs 35.000,00), que están totalmente cancelados. Único y propio del ciudadano: YACKSON ELOY GIL AREVALO venezolano, mayor de edad, soltero, de cedula de identidad Nº 17.395.323. Se ordena devolver estas resultas al solicitante, quedando anotado el libro de solicitudes llevado por este Tribunal durante el año 2023, bajo el Nº 91-23

LA JUEZ

ABG. MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS.

El SECRETARIO TITULAR,

ABG. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR

Se devolvió original de estas actuaciones al solicitante, quedando copia de la misma en el archivo de éste Tribunal.
El SECRETARIO TITULAR,

ABG. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR

MCUR/CEGB/vmcc
Solicitud. Nº 91-23