REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO APURE


SOLICITUD: 2.023-111

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: FAMILIA

PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS ORLANDO DE JESUS MONTOYA

SOLICITANTE: ORLANDO DE JESUS MONTOYA ZARATE.

FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 07 DE AGOSTO DE 2023

Vista la anterior solicitud, presentada por la ciudadana ORLANDO DE JESUS MONTOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad NºV-19.471.340, actuando en mi propio nombre y en representación de la ciudadana DIONNY XIOMARA FALCON MELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-7.290.762, de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por la Defensora Publica Abogada SUELKYS RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.239, en su orden, quienes han solicitado, se les declare, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: ORLANDO DE JESUS MONTOYA, quien fue venezolano, de 60 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.192.999, falleció Ab- intestato en el M.P.P.S – MRPRIJP., Parroquia “El Recreo”, Municipio San Fernando, Estado Apure, en fecha siete (07) de Agosto del año 2022, según se evidencia en Acta de Defunción N° 11, cuya copias certificada de anexa marcada con la letra “A”. Oídas las declaraciones de los ciudadanos ERIKA YANISKA BARRIOS IZAGUIRRE y ROLANDO JOSE BRAVO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs.V-21.004.656 y N°V-19.326.520, respectivamente, y de este domicilio; quienes declararon que si la conozco suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace mucho tiempo, si lo sé y me consta que es así, si lo sé y me consta que es así y si se y me consta que no existen otros herederos del Decujus ORLANDO DE JESUS MONTOYA.

DISPOSITIVA:

Finalmente este Juzgador considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, del Acta de Defunción, la Actas de Nacimiento, y copia de la Cédula de Identidad, acompañadas a la Solicitud, sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos: ORLANDO DE JESUS MONTOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad NºV-19.471.340, y DIONNY XIOMARA FALCON MELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-7.290.762, de este domicilio, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastantes y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos ORLANDO DE JESUS MONTOYA y DIONNY XIOMARA FALCON MELO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°s V-19.471.340 y V-7.290.762, de este domicilio, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus ORLANDO DE JESUS MONTOYA, quien fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.192.999, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre del año dos mil veintitrés (2.023). Años 212º de la Independencia y 163º de la federación.

El Juez,



Abog. FRANCISCO JAVIER PADRÓN

La Secretaria Temp.,



Abg. MARIA ALEJANDRA MARTINEZ R.


Seguidamente se devolvieron las presentes actuaciones al solicitante constantes de ( ) Folios útiles. En la misma fecha, siendo las , se publicó y registró esta Sentencia quedando anotada en el punto Nº folio del Libro Diario.

La Secretaria Temp.,



Abg. MARIA ALEJANDRA MARTINEZ R.







FJP/Mamr/Jcm
Sol. N° 2023-111.-