REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.-

San Fernando, 13 de Agosto de 2024
213º y 164º

Visto el pedimento suscrito en fecha 08 de Agosto del 2024 por la ciudadana BARBARA CECILIA NOESMAR CAMEJO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-23.698.191, debidamente asistida por la Abogada KAIRUZAN PINTO GARCIA, Defensora Pública Provisoria Tercera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 255.906, y observándose que en fecha 08-08-2024, éste Tribunal dictó Sentencia mediante la cual se declaró disuelto el vínculo matrimonial que unía a la mencionada ciudadana, con el ciudadano JOSE GREGORIO PEÑA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.937.286, por lo que se ordena su ejecución, en consecuencia, se acuerda expedir a la parte solicitante Dos (02) juego de copias de la Decisión debidamente certificada por secretaría conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y junto con oficios remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampen la Nota Marginal respectiva; asimismo se ordena el cierre definitivo de la presente causa y remitir la misma al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Líbrese lo Conducente.-

El Juez Provisorio,
Abg. NICXON JESUS MARTINEZ CASTILLO
La Secretaria,
Abg. KIMBERLY DI SAPIO

Se dio cumplimiento a lo ordenado, oficiándose a las Autoridades Civiles mediante oficios Nros. 841 y 842 Así lo certifico.-

La Secretaria,
Abg. KIMBERLY DI SAPIO




Exp. Nro. JMSS2-6249-24 NJMC/KD/David.-