REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:


Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
De los Municipios San Fernando y Biruaca de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando de Apure, 19 de febrero del 2024.
212° y 163°

Vista la Solicitud Nº 24-14, presentada por la ciudadana DAYVID MARIA JOSE COLMENAREZ CEBALLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.147.450; debidamente asistida por el abogado en ejercicio, RODOLFO EDUARDO DOMINGUEZ MIRABAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 286.693, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conforme, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre una Parcela de Terreno de propiedad del Municipio San Fernando, según consta en Autorización, expedido por la Alcaldía del Municipio Autónomo de San Fernando del estado Apure de fecha treinta (30) de enero del año 2024; dicho terreno consta de una superficie de DOSCIENTO ONCE METROS CON QUINCE CENTIMEROS CUADRADOS (211.15 M2), ubicado en el BARRIO LA HIDALGUIA, CALLE PRINCIPAL, PARROQUIA SAN FERNANDO, MUNICIPIO SAN FERNANDO, ESTADO APURE, dentro de los siguientes linderos: NORTE: CALLE PRINCIPAL, EN (8,20.Mts); SUR: CASA DE CARMEN JOSEFINA CASTILLO, EN (8,20.Mts); ESTE: CASA DE JUANA PEÑA, EN (25,75Mts); y OESTE: CASA DE JESUS FARFAN, EN (25,75.Mts); Ha construido unas bienhechurías Distribuidas de la siguiente manera: UN (01) EDIFICIO COMERCIAL Y RESIDENCIAL DE MAMPOSTERÍA de dos (02) plantas: PLANTA BAJA y PRIMER NIVEL, DISTRIBUIDAS DE LA SIGUIENTE MANERA: PLANTA BAJA: Con un (01) local comercial, entrada principal y escaleras de acceso, Conformado y enumerado de la siguiente manera: LOCAL PB-01: Con construcción de mampostería con paredes frisadas, mezclilladas y pintadas, techo de platabanda, piso de cemento liso, un (01) baño, fachada con una (01) puerta estilo santa maría, ventanas y puertas de vidrio, tanque aéreo, dotado con todos los servicios públicos principales. Un estacionamiento al lado del local, un taller mecánico, una oficina en la parte trasera con baño interno, con paredes frisadas, mezclilladas y pintadas, techo de platabanda, piso de cemento liso dotada con todos los servicios públicos principales. PRIMER NIVEL: Un apartamento con construcción de mampostería dos (02) habitaciones, cocina empotrada con mesones de concreto y cerámicas, sala comedor, un (01) lavandero, todo el apartamento con paredes frisadas, mezclilladas y pintadas, techo de platabanda, piso de cemento liso, un (01) baño, ventanas y puertas de vidrio, tanque aéreo, dotado con todos los servicios públicos principales. En la construcción de dichas bienhechurías invertí la cantidad de: CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS. 50.000,00). Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas por la ciudadana DAYVID MARIA JOSE COLMENAREZ CEBALLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.147.450,. Se ordena devolver estas resultas a la parte solicitante.

El Juez,

Abg. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.

El Secretario Temporal,

Abg. ERASMO VALERA MILANO. –

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº 10 , al folio 53vlto , del libro diario.

El Secretario Temporal,



Abg. ERASMO VALERA MILANO. –













FJP/erasmo/rafael.-
Solicitud. 24-14.







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 22 de febrero del año 2.024.

213º y 164º.


Vista el Acta cursante al Folio trece (13), consignada por el Alguacil de este Tribunal, mediante la cual deja constancia de haber practicado la notificación de la presente demanda a la ciudadana Fiscal Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 05 de febrero del año 2.024.- En consecuencia, este Tribunal acuerda practicar el cómputo de los días de Despacho transcurridos desde el día siguiente a la notificación, a los fines de determinar el día en que vence el Término para dictar Sentencia Definitiva en el presente procedimiento.- CÚMPLASE.
El Juez,

Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.
El Secretario Temp.,

Abg. ERASMO VALERA MILANO.
Quien suscribe. Abg. ERASMO VALERA MILANO., Secretario Temporal del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, por medio del presente HACE CONSTAR: Que desde el día Seis (06) de febrero del año 2.024, día de Despacho siguiente a la Notificación de la Fiscal Sexta del Ministerio Publico sobre la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, en el presente procedimiento, hasta el día veintidós (22) de febrero del año 2.024, transcurrieron DIEZ (10) días de Despacho concedidos para que expusiera lo que considerara conveniente con relación a la presente causa.- En consecuencia se fija el segundo (2°) día de Despacho siguiente al de hoy para dictar Sentencia.- San Fernando de Apure, veintidós (22) de febrero año Dos Mil Veinticuatro (2.024).- Años: 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
El Secretario Temp.,

Abg. ERASMO VALERA MILANO.


FJP/EVM/Jcm.-
EXP. N° 2.024-6.794.-

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TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 14 de febrero del año 2024.
213° y 164°.

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la Fiscal Sexta del Ministerio Público del Estado Apure, que en ésta misma fecha se le dió entrada y curso legal a la Solicitud de DIVORCIOPOR DESAFECTO de la cual se le anexan copias debidamente certificadas, presentada por la ciudadana MORELIA JOSEFINA MORENO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº.V-5.362.738, debidamente asistida por el abogado, Miguel Ángel Moreno, Venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.759.134, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 275.914, contra el ciudadano, RAMON BALTOLO PUERTA GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.412.125, señalando su último domicilio conyugal en el Sector San Diego, del Municipio Biruaca del Estado Apure, Se ordena darle entrada bajo el N° 24-6.813,fórmese expediente y sígase el curso de Ley; por cuanto la misma no es contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y se encuentra fundamentada en la Sentencia Nº 1070, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09-12-2016, la cual riela en el expediente Nº 16-0916, con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza. En consecuencia, se le concede un lapso de DIEZ (10) días de Despacho siguientes a su notificación, en el horario comprendido de 08:30 a.m. a 03:30 p.m. para que comparezca ante éste Tribunal, a fin de que exponga lo que considere conveniente con relación a la solicitud de Divorcio todo de conformidad con el Artículo 192 del Código de Procedimiento Civil. Se le anexa copia certificada del libelo de la demanda.

Firmará al pié de la presente boleta en constancia de haber sido notificada, con expresión de lugar, fecha y hora.

El Juez,

Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Notificada: ____________________________________________________
Lugar: ______________________________Fecha______________Hora:_____
FJP/francys.-
EXP. Nº2024- 6.813.
Domicilio Procesal: Calle Sucre, Edif. del Ministerio Público. San Fernando de Apure.-

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TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 14 de febrero del año 2024.
213° y 164°.

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la Fiscal Sexta del Ministerio Público del Estado Apure, que en ésta misma fecha se le dió entrada y curso legal a la Solicitud de DIVORCIOPOR DESAFECTO de la cual se le anexan copias debidamente certificadas, presentada por la ciudadana MORELIA JOSEFINA MORENO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº.V-5.362.738, debidamente asistida por el abogado, Miguel Ángel Moreno, Venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.759.134, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 275.914, contra el ciudadano, RAMON BALTOLO PUERTA GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.412.125, señalando su último domicilio conyugal en el Sector San Diego, del Municipio Biruaca del Estado Apure, Se ordena darle entrada bajo el N° 24-6.813,fórmese expediente y sígase el curso de Ley; por cuanto la misma no es contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y se encuentra fundamentada en la Sentencia Nº 1070, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09-12-2016, la cual riela en el expediente Nº 16-0916, con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza. En consecuencia, se le concede un lapso de DIEZ (10) días de Despacho siguientes a su notificación, en el horario comprendido de 08:30 a.m. a 03:30 p.m. para que comparezca ante éste Tribunal, a fin de que exponga lo que considere conveniente con relación a la solicitud de Divorcio todo de conformidad con el Artículo 192 del Código de Procedimiento Civil. Se le anexa copia certificada del libelo de la demanda.

Firmará al pié de la presente boleta en constancia de haber sido notificada, con expresión de lugar, fecha y hora.

El Juez,

Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Notificada: ____________________________________________________
Lugar: ______________________________Fecha______________Hora:_____
FJP/francys.-
EXP. Nº2024- 6.813.
Domicilio Procesal: Calle Sucre, Edif. del Ministerio Público. San Fernando de Apure.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 14 de febrero del año 2024.
213° y 164°.

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la Fiscal Sexta del Ministerio Público del Estado Apure, que en ésta misma fecha se le dió entrada y curso legal a la Solicitud de DIVORCIOPOR DESAFECTO de la cual se le anexan copias debidamente certificadas, presentada por la ciudadana MORELIA JOSEFINA MORENO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº.V-5.362.738, debidamente asistida por el abogado, Miguel Ángel Moreno, Venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.759.134, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 275.914, contra el ciudadano, RAMON BALTOLO PUERTA GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.412.125, señalando su último domicilio conyugal en el Sector San Diego, del Municipio Biruaca del Estado Apure, Se ordena darle entrada bajo el N° 24-6.813,fórmese expediente y sígase el curso de Ley; por cuanto la misma no es contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y se encuentra fundamentada en la Sentencia Nº 1070, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09-12-2016, la cual riela en el expediente Nº 16-0916, con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza. En consecuencia, se le concede un lapso de DIEZ (10) días de Despacho siguientes a su notificación, en el horario comprendido de 08:30 a.m. a 03:30 p.m. para que comparezca ante éste Tribunal, a fin de que exponga lo que considere conveniente con relación a la solicitud de Divorcio todo de conformidad con el Artículo 192 del Código de Procedimiento Civil. Se le anexa copia certificada del libelo de la demanda.

Firmará al pié de la presente boleta en constancia de haber sido notificada, con expresión de lugar, fecha y hora.

El Juez,

Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Notificada: ____________________________________________________
Lugar: ______________________________Fecha______________Hora:_____
FJP/francys.-
EXP. Nº2024- 6.813.
Domicilio Procesal: Calle Sucre, Edif. del Ministerio Público. San Fernando de Apure.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE


San Fernando de Apure, 23 del mes de febrero del año 2.024.
213º y 164º.
De la revisión efectuada a las actas procesales que integran el presente expediente se desprende, que en fecha ocho (08) de enero del año 2.024, se dictó Sentencia Definitiva en el presente procedimiento, la cual ha sido debidamente ejecutada. En consecuencia, se ordena el Archivo del presente Expediente.-

El Juez,

Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON.

El Secretario Temporal,

Abog. ERASMO VALERA MILANO.

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

El Secretario Temporal,

Abog. ERASMO VALERA MILANO.










FJP/Erasmo/rafael.-
EXP. N° 23- 6.779.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE


San Fernando de Apure, 22 de febrero del 2024

213º y 164º
Nº 24-88
CIUDADANO:
Abg. EDWIN BLANCO
Juez Rector de esta Circunscripción Judicial del estado Apure.
SU DESPACHO.-



Remito a usted, INFORME ANUAL DEL AÑO 2023, llevado por ante este Tribunal.
Remisión que hago llegar a usted, para su debido conocimiento y demás fines legales consiguientes.-


Sin otro particular al cual hacer referencia, me despido de usted.

Dios y Federación;



Abog. FRANCISCO JAVIER PADRÓN
-Juez-
















FJP/evm/Dulce
22/02/2024

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE


San Fernando de Apure, 22 de febrero del 2024

213º y 164º
Nº 24-88
CIUDADANO:
Abg. EDWIN BLANCO
Juez Rector de esta Circunscripción Judicial del estado Apure.
SU DESPACHO.-



Remito a usted, INFORME ANUAL DEL AÑO 2023, llevado por ante este Tribunal.
Remisión que hago llegar a usted, para su debido conocimiento y demás fines legales consiguientes.-


Sin otro particular al cual hacer referencia, me despido de usted.

Dios y Federación;



Abog. FRANCISCO JAVIER PADRÓN
-Juez-















FJP/evm/Dulce
22/02/2024