LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
SOLICITUD: 46-24
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: MARIA ALEJANDRA HERNANDEZ VOLCAN.
FECHA DE ENTRADA: 04 DE JUNIO DEL 2024.
Vista la anterior Solicitud, presentada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA HERNANDEZ VOLCAN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.090.013, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos: SIRA ADELAIDA VOLCAN BELISARIO, ELBA LEANDRA HERNANDEZ MACHADO, ELBA CAROLINA HERNANDEZ MONTOYA Y PEDRO PABLO HERNANDEZ BOLCAN venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.161.527, V-18.326.417. V-19.816.012, V-21.005.720, debidamente asistida de su abogado ciudadano MIGUEL JOSE GREGORIO PEREZ VAZQUEZ inscrito en el impreabogado bajo el número 198.622, con domicilio en la ciudad de San Fernando. Actuando en este acto en su propio nombre y en representación de los ciudadanos: SIRA ADELAIDA VOLCAN BELISARIO, ELBA LEANDRA HERNANDEZ MACHADO, ELBA CAROLINA HERNANDEZ MONTOYA Y PEDRO PABLO HERNANDEZ BOLCAN venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.161.527, V-18.326.417. V-19.816.012, V-21.005.720,respectivamente, domiciliada en esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, en su condición de hijos y esposa, quienes han solicitado se les declare, como UNICO Y UNIVERSAL HEREDEROS del de Cujus CASTOR ANTONIO HERNANDEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.198.367, fallecido ab–intestato en fecha, 27 de Abril del 2024 en el Hospital Pablo Acosta Ortiz Del Municipio San Fernando del Estado Apure quienes, según Acta de Defunción N° 12 del 2024, luego de oídas las declaraciones de los ciudadanos GUTIERREZ MEZA JERONIMO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.916.805, y AGRINZONES DIAZ MILAGROS COROMOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.617.085, de este domicilio, declararon que si conocen y les consta que los ciudadanos MARIA ALEJANDRA HERNANDEZ VOLCAN, SIRA ADELAIDA VOLCAN BELISARIO, ELBA LEANDRA HERNANDEZ MACHADO, ELBA CAROLINA HERNANDEZ MONTOYA Y PEDRO PABLO HERNANDEZ BOLCAN venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°V-20.090.013, V-8.161.527, V-18.326.417. V-19.816.012, V-21.005.720, son hijos y esposa del de Cujus: CASTOR ANTONIO HERNANDEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.198.367, que si conocieron en vida al de Cujus: CASTOR ANTONIO HERNANDEZ; que si saben y les consta que los ciudadanos: MARIA ALEJANDRA HERNANDEZ VOLCAN, SIRA ADELAIDA VOLCAN BELISARIO, ELBA LEANDRA HERNANDEZ MACHADO, ELBA CAROLINA HERNANDEZ MONTOYA Y PEDRO PABLO HERNANDEZ BOLCAN venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°V-20.090.013, V-8.161.527, V-18.326.417. V-19.816.012, V-21.005.720, son los Únicos y Universales Herederos del de Cujus: CASTOR ANTONIO HERNANDEZ.
D I S P O S I T I V A
Finalmente este Juzgado considerando, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, y el valor desprendido de las copias certificadas del Acta de Defunción N° 12, Acta de Matrimonio N° 152 Actas de Nacimiento N° 79, N° 221, N° 447, N° 80, y copia de la cédula de identidad de los solicitantes, y por cuanto en estas actuaciones sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS los ciudadanos MARIA ALEJANDRA HERNANDEZ VOLCAN, SIRA ADELAIDA VOLCAN BELISARIO, ELBA LEANDRA HERNANDEZ MACHADO, ELBA CAROLINA HERNANDEZ MONTOYA Y PEDRO PABLO HERNANDEZ BOLCAN venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°V-20.090.013, V-8.161.527, V-18.326.417. V-19.816.012, V-21.005.720, cuya filiación se encuentra legítimamente comprobada, según consta en Acta de Matrimonio, y Actas de nacimiento en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente la presente actuación a favor de los ciudadanos MARIA ALEJANDRA HERNANDEZ VOLCAN, SIRA ADELAIDA VOLCAN BELISARIO, ELBA LEANDRA HERNANDEZ MACHADO, ELBA CAROLINA HERNANDEZ MONTOYA Y PEDRO PABLO HERNANDEZ BOLCAN venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°V-20.090.013, V-8.161.527, V-18.326.417. V-19.816.012, V-21.005.720, del Municipio San Fernando del Estado Apure; en consecuencia, se declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de Cujus: CASTOR ANTONIO HERNANDEZ, quien era venezolano, mayor de edad, , titular de la cedula de identidad N°8.198.367, fallecido ab–intestato en fecha, veintisiete (27) de Abril del año Dos Mil veinticuatro (2024), en el Hospital Pablo Acosta Ortiz de la Ciudad de San Fernando de Apure del Estado Apure dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de Biruaca Estado Apure, siendo las 10:00 a.m., del día Miércoles (03) del mes de Julio de Dos Mil Veinticuatro (2024). Años 214º de la Independencia y 165º de la federación.
LA JUEZ;
Abg. MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS.
EL SECRETARIO.
Abg. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N° , al folio ( ), del Libro Diario.
EL SECRETARIO.
Abg. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR.
Sol. N° 46-24
MCUR/CEGB/saeg.-.
Av. Las Acacias, Casco central del Municipio Biruaca, Estado Apure. Teléfono: 0247-3645758. tribunaldebiruacaapure@gmail.com
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