LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

Biruaca, 06 de Junio de 2024.
214º y 165º
SOLICITUD: 49-24
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: NANLYS MAINNELA RODRIGUEZ LAYA.
FECHA DE ENTRADA: 06 DE JUNIO DEL 2024

Visto el justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara “TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN”, a favor de la ciudadana: NANLYS MAINNELA RODRIGUEZ LAYA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 16.511.027, debidamente asistida por el abogado Henry Eduardo Escobar Caicedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 229.201, que con dinero de su propio peculio ha construido unas bienhechurías, sobre un terreno Propio constante de una superficie de QUINIENTOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (500,63 MTS), adjudicado en contrato de Compra-Venta de Ejido de la Alcaldía del Municipio San Fernando Estado Apure, según se evidencia en documento debidamente registrado por ante el Registro Subalterno del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha de Tercer Trimestres del año 2.008, quedando registrado bajo el N° 50, Folios 286 al 291 del Protocolo Primero, Tomo Treinta, Tercer Trimestre del año 2008 , ubicado en el Sector Las Minas II, Municipio San Fernando del Estado Apure, alinderado de la manera siguiente; NORTE: Parcela de Carlos Aguilar en (28.68 mts); SUR: Parcela de Wilmer Díaz en (28,62 mts); ESTE: Calle Riecito en (20,25 mts); y OESTE: Terrenos del Señor Isauro en (17,49 mts); se encuentra comprendido entre los siguientes puntos y coordenadas: P-1 (N 869,506;93; E 669,771,36); P-2 (869,506,93; E 669,799,97); P-3 (N 869,524,41, E 669,799,33); P-4 (N 868,524,41; E 669,770,64), ello se evidencia en Cedula Catastral N° 015111 de fecha 29/04/2024 . Las bienhechurías están formado por Una (01) Casa de uso familiar, distribuida de la siguiente manera: una (01) sala de recibo, una (01) Cocina, tres (03) habitaciones, dos (02) sala de baño, uno interno y uno externo, un (01) Garaje, piso de cemento, techo de losa cero sin vaciado; estas bienhechurías consta de una Área de Construcción de: Ciento Ocho metros cuadrados con Ochenta centímetros (108,80 mts). El costo total de las Bienhechurías del mencionado e identificado inmueble fue de CUATRO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs 4.000,00), del viejo cono monetario, gastos para materiales y mano de obra de la construcción, que están totalmente cancelados a las únicas y propias expensas de la ciudadana: NANLYS MAINNELA RODRIGUEZ LAYA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 16.511.027. Se ordena devolver estas resultas al solicitante, quedando anotado el libro de solicitudes llevado por este Tribunal durante el año 2024, bajo el Nº 49-24
LA JUEZA
ABOG. MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS.
EL SECRETARIO


ABG. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR

Se devolvió original de estas actuaciones al solicitante, quedando copia de la misma en el archivo de éste Tribunal.
EL SECRETARIO,

ABG. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR
MCUR/CEGB/vmcc
Solicitud. Nº 49-24
Av. Las Acacias, Casco central del Municipio Biruaca, Estado Apure.
Teléfono: 0247-3645758. tribunaldebiruacaapure@gmail.com