REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.
San Fernando, 02 de Mayo de 2024
213º y 165º
Exp. Nro. JMS1-2775-22.-
Visto el contenido del escrito que antecede de fecha de fecha 26-04-2024, suscrita por la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico, la cual con los fines de dar el respectivo impulso procesal a la presente causa, solicita el Desistimiento del proceso conforme a lo que establecen los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, ahora bien, este Tribunal a los fines de providenciar al respecto, observa que la parte interesada, ciudadana ERIKA SARAI CORONA, venezolana, cedula de identidad N° 30.388.333, se encuentra residenciada fuera del país, y por cuanto el objeto de la presente demanda era la Inquisición de Paternidad, la cual no siguió su curso procesal por cuanto la parte acciónate ciudadana supra mencionada no mostro interés en seguir la misma, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA, el Desistimiento del presente procedimiento contentivo en la Demanda de Inquisición de Paternidad, incoada por la ciudadana ERIKA SARAI CORONA, venezolana, cedula de identidad N° 30.388.333, contra el ciudadano JOSE GREGORIO TIRADO ARAUJO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.512.444, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Regístrese y Publíquese la presente Decisión.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando a los Dos (02) días del mes de Mayo del año Dos Mil Veinticuatro (2024).- Años 213° de la Independencia y 165° de la Federación.-
El Juez Temporal Primero,
Abg. NICXON JESUS MARTINEZ CASTILLO La Secretaria,
Abg. STEFANY MUÑOZ
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento en esta misma fecha.-
La Secretaria,
Abg. STEFANY MUÑOZ
Exp. Nro. JMS1-2775-22.-
NJMC/KD/Mayra Peñaloza.-
|