LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Biruaca, 07 de Mayo de 2024.
214º y 165º
SOLICITUD: 27-24
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JOSELIS JOHANA BOLIVAR QUERALES.
FECHA DE ENTRADA: 19 DE MARZO DEL 2024
Visto el justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara “TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN”, a favor de la ciudadana: JOSELIS JOHANA BOLIVAR QUERALES, venezolana, mayor de edad, de cedula de identidad Nº V-24.631.368, debidamente asistida por su Apoderado Judicial el abogado ROBERT ALEXANDER JIMENEZ, inscrito con el inpreabogado bajo el Nº 157.257, que con dinero de su propio peculio ha construido unas bienhechurías, sobre un terreno de Propiedad Municipal, según se evidencia en Autorización otorgada por el Abg. RONNY GUTIERREZ, en su condición de Sindico Procurador del Municipio San Fernando del Estado Apure, certificado de empadronamiento Nº 014962 de fecha 26-02-2024. Tiene una superficie de CIENTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS, CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS, (171,95 m2), ubicado en el BARRIO JOSE ANTONIO PAEZ CON BARRIO EL CALVARIO,CALLEJON LAS FLORES, PARROQUIA SAN FERNANDO, MUNICIPIO SAN FERNANDO DEL ESTADO APURE, alinderado de la manera siguiente; NORTE: Casa de la Familia Mota en (23,80 mts); SUR: Casa de la Familia Bolívar en (23,80 mts); ESTE: Casa de la Familia Gutiérrez en (7,20 mts); y OESTE: Calle Las Flores en (7,25 mts). El mencionado e identificado inmueble esta formado por Una (01) Casa de habitación familiar de construcción Mampostería, distribuido de la siguiente manera: Dos (02) habitaciones, (01) sala de baño, una (01) Cocina- Sala-Recibo- Comedor, Techo de Acerolit, puertas y ventanas de madera, dotada con todos los servicios públicos principales. El costo total de la bienhechuría antes mencionada fue de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs 180.000,00), que están totalmente cancelados a las únicas y propias expensas de la ciudadana: JOSELIS JOHANA BOLIVAR QUERALES, venezolana, mayor de edad, de cedula de identidad Nº V-24.631.368. Se ordena devolver estas resultas al solicitante, quedando anotado el libro de solicitudes llevado por este Tribunal durante el año 2024, bajo el Nº 27-24
LA JUEZA,
ABG. MILVIDA CARBELLIS UTRERA ROJAS
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR
Se devolvió original de estas actuaciones al solicitante, quedando copia de la misma en el archivo de éste Tribunal.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR
MCUR/CEGB/vmcc
Solicitud. Nº 27-24
|