REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO APURE
SOLICITUD: 2.024- 137.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: FAMILIA
PROCEDIMIENTO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA DECUJUS YOLESA NOHEMI PINTO LEON.
SOLICITANTE: LUIS ALBERTO DULCEY ABAD.
FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 31 de octubre del año 2.024.
Vista la anterior solicitud, presentada por el ciudadano LUIS ALBERTO DULCEY ABAD, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.193.246, debidamente asistidas por el Abogado Darío José Morales Juárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 145.587, quien ha solicitado ante éste Tribunal, se le declare conjuntamente con los ciudadanos DANIELA XIORELDI DULCEY PINTO, LUIS GERARDO DULCEY PINTO y DANIELYS YOLETZI DULCEY PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-21.004.124, V-28.029.806, y V-25.611.256, respectivamente como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus YOLESA NOHEMI PINTO LEON, quien fue venezolana, titular de la Cédula de Identidad N°.V-11.117.400, quien residía en el callejón el INOS, Casa Nº 17, Parroquia San Fernando, Municipio San Fernando del Estado Apure, fallecida en el Municipio Juan German Roscio Nieves, Parroquia San Juan de los Morros, Estado Guárico, a los 51 años de edad, el día 05 de Junio 2024; según acta de defunción Nº 469, folio Nº 219, tomo Nº11, de fecha 07 de junio del 2.024,Oídas las declaraciones de los ciudadanos CESAR RICARDO LEAR LICERIO y ALEJANDRO RAMON PEREZ MARTINEZ, respectivamente, de éste domicilio; quienes declararon que: sí los conozco desde hace tiempo, si es cierto y me costa, si se y me consta de que es así.
DISPOSITIVA:
Finalmente este Juzgador considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, de las Acta de Nacimiento, Acta de Defunción, Acta de matrimonio y copias de las Cédulas de Identidad, acompañadas a la Solicitud, sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos: LUIS ALBERTO DULCEY ABAD, DANIELA XIORELDI DULCEY PINTO, LUIS GERARDO DULCEY PINTO y DANIELYS YOLETZI DULCEY PINTO, venezolanos, mayores de edad, titular de las cedulas de identidad Nros.V-8.193.246 V-21.004.124, V-28.029.806, y V-25.611.256, respectivamente, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastantes y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: LUIS ALBERTO DULCEY ABAD, DANIELA XIORELDI DULCEY PINTO, LUIS GERARDO DULCEY PINTO y DANIELYS YOLETZI DULCEY PINTO, venezolanos, mayores de edad, titular de las cedulas de identidad Nros.V-8.193.246 V-21.004.124, V-28.029.806, y V-25.611.256, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus YOLESA NOHEMI PINTO LEON, quien fue venezolana, titular de la Cédula de Identidad N°.V-11.117.400, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los quince (15) días del mes de noviembredel año dos mil veinticuatro (2.024). Años 214º de la Independencia y 165º de la federación.
El Juez,
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
ElSecretario,
Abg. ORLANDO R. CORDOBA R.
Seguidamente se devolvieron las presentes actuaciones al solicitante constantes de ( ) Folios útiles. En la misma fecha, siendo las 9:20 a.m., se publicó y Registró esta Sentencia, quedando anotado en el punto Nº Folio del Libro Diario.
El Secretario,
Abg. ORLANDO R. CORDOBA R.
CORDOBA
FJP/orc/Francys-
EXP. N° 24-137-
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