REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS.
ACTO CONCILIATORIO
HOMOLOGACIÓN DE SUSPENCIÓN DE LA CAUSA:
En horas de despacho del día de hoy, catorce de noviembre de dos mil veinticuatro (14/11/2024), siendo las 03:00 p.m., se hacen presentes los ciudadanos LUZVI ANDREINA GRACIA PIÑA, venezolana, mayor de edad, titulare de la cédula de identidad N° V- 15.500.637, actuando en su carácter de representante legal de la parte demandada sociedad mercantil HIPER INVERSIONES LLANO ALTO CA, asistida por el abogado JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, Inpreabogado N° 96.946, Y presente igualmente el abogado ANGEL ORLANDO APONTE ZAPATA, Inpreabogado N° 96.952 en su carácter de apoderado judicial de la parte actora CONDOMINIO DE LA URBANIZACIÓN LLANO ALTO, de la Parroquia Biruaca, Municipio Biruaca del Estado Apure, todo ello con la finalidad de efectuar una reunión conciliatoria tendiente a llevar a un arreglo amistoso entre las partes y de manera abierta plantean sus intereses y mutua proposiciones. Acto seguido ambas partes de común acuerdo suspende el curso de la causa desde la presente fecha hasta el día primero de diciembre de 2024 (01-12-2024) y solicitan al tribunal de conformidad con el artículo 202 Parágrafo segundo del Código de Procedimiento Civil, se homologue el mismo. Quedando entendido que en beneficio de intereses de ambas partes a los fines de llegar a una transacción pueden plantear nuevas reuniones conciliatorias. Acto seguido el tribunal conforme a la citada disposición legal homologa el acuerdo y se suspende la presente causa desde la presente fecha hasta el día primero de diciembre de 2024, inclusive. Es todo, publíquese y regístrese, se terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Superior Civil,

Abg. Bagnura L. González D’ Elia
Parte demandada
LUZVI ANDREINA GRACIA PIÑA

Abogado asistente
JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA

Apoderado judicial de la parte actora

ANGEL ORLANDO APONTE ZAPATA

El Secretario,:
Abg. Pedro Pérez.-