REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.-
San Fernando, 15 de Octubre del 2024
213º y 165º
Visto el pedimento suscrito en fecha 10 de Octubre del 2024 por el ciudadano ALCENIO ENRRIQUE TOVAR URIBE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-27.291.816, asistido por el Abg. JOSUE ANTONIO MENDOZA PULIDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 232.487, y observándose que en fecha 01 de Octubre de 2024, este Tribunal dictó Sentencia mediante la cual declaró disuelto el vínculo matrimonial que unía al prenombrado ciudadana con la ciudadana YULIELVYS JOHANNY REYES NORATO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-30.686.200, por lo que se ordena su Ejecución, en consecuencia, se acuerda expedir a la parte solicitante Tres (03) juegos de copias de la decisión debidamente certificada por secretaría conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y junto con oficios remítanse a las Autoridades. Asimismo, se ordena devolver los documentos originales al ciudadano ALCENIO ENRRIQUE TOVAR URIBE, dejándose en su lugar copias debidamente certificadas por secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código Procesal Civil. De igual manera, observando que no hay más actuaciones que practicar en la presente causa, se ordena el cierre definitivo de la misma y remitirla al Archivo Judicial. Líbrese lo Conducente.
El Juez Provisorio,
Abg. NICXON JESUS MARTINEZ CASTILLO
La Secretaria,
Abg. KIMBERLY DI SAPIO
Se dio cumplimiento a lo ordenado, oficiándose a las Autoridades Civiles mediante oficios Nros. 990 y 991. Así lo certifico.-
La Secretaria,
Abg. KIMBERLY DI SAPIO
Exp. Nro. JMSS2-6385-24 NJMC/KD/David.