NARRATIVA
Vista la solicitud, recibida mediante distribución del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante Oficio N° 018-2025 de fecha 17/01/2025, presentado por el ciudadano: ELIAS SEGOBIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: V- 7.028.211, hábil en derecho, con domicilio en el Sector, Los matapalos, Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas del Estado Apure, debidamente asistido en este acto por el abogado en libre ejercicio: JULIO ELIAS RAMOS, Inpreabogado N° 146.983, Así como las declaraciones de sus testigo. Admítase cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley bajo el N° 361-2025, En consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicios de terceros de igual o mejor Derecho.
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