REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS.
ACTO CONCILIATORIO
En horas de despacho del día de hoy, veintiuno de febrero de dos mil veinticinco (21/02/2025), siendo las 09:00 a.m., siendo la oportunidad para la realización del acto conciliatorio fijado por el auto de fecha 19-02-2025, que tenía previsto las 2:30 p.m., pero siendo notificadas ambas partes del cambio de la hora para las 9:00 a.m., se hacen presentes la ciudadana SANDRA MARIA ACOSTA SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.594.674, parte demandante, asistida por el abogado DAVID ALBERTO PEREZ ESQUEDA, Inpreabogado N° 94.086, Y presente igualmente el abogado OCTAVIO JOSE GARCIA SOTO, Inpreabogado N° 140.528 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada todo ello con la finalidad de efectuar una reunión conciliatoria tendente a llevar a un arreglo amistoso entre las partes y de manera abierta plantean sus intereses y mutuas proposiciones. Acto seguido ambas partes de común acuerdo solicitan la suspensión del curso de la causa desde esta fecha exclusive hasta el día 24-02-2025 inclusive y en beneficio de los intereses de ambas partes a los fines de llegar a una transacción, cuyos términos en papeles de trabajos han sido adelantados en el día de hoy y por lo cual solicitan del tribunal una nueva reunión conciliatoria para el día martes 25 de febrero de dos mil veinticinco (25-02-2025) a las dos y media de la tarde (2:30 p.m.), que este tribunal acuerda y fija de conformidad dicho acto. Y así se HOMOLOGA conforme al artículo 202, Parágrafo Segundo del Código de Procedimiento Civil. Es todo, se terminó a las once y cincuenta de la mañana, se leyó y conformes firman.
La Jueza Superior Civil,
Dra. BAGNURA LORENA GONZÁLEZ D’ ELIA
Parte Actora
SANDRA MARIA ACOSTA SILVA
Apoderado judicial asistente
DAVID ALBERTO PEREZ ESQUEDA
Apoderado Judicial de la parte demandada
OCTAVIO JOSE GARCIA SOTO
La Secretaria Accidental,
Abg. Marina Sthelyn Espinoza.
Exp. Nº 4932-25
BLGDE/mse/ga.
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