Se inicia el presente procedimiento mediante acta de conciliación de fijación de la Obligacion de Manutencion de fecha 05 de Junio del año 2025, suscrita por la ciudadana: MARILIN ANTONIETA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.627.310,domiciliada en el sector el Cañito de la parroquia el Yagual del Municipio Achaguas Estado Apure, y el ciudadano: PEDRO JESUS CASTILLO TAPIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad N° 16.528.326,quien puede ser ubicado en el sector El Cañito, de la parroquia El Yagual, del Municipio Achaguas, Estado Apure. Quienes son padres biológicos de los niños (Se omite la identidad acogiendo el criterio jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante sentencia N° 416 de fecha 14-01-202, la cual riela en el Expediente N° 002-01-2025 con ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCAN, caso Edgar José Hernández Romero) mediante el cual acordaron lo siguiente: PRIMERO: La madre (Marilin Antonieta Castillo) solicita la exoneración de la deuda que contenía el ciudadano PEDRO JESUS CASTILLO TAPIA, por Obligacion de Manutencion de sus hijos desde el mes de Noviembre del año 2022 hasta la presente fecha y no cobrara mas nada de la deuda. SEGUNDO: La madre (Marilin Antonieta Castillo) expreso y estuvo de acuerdo en entregarle al niño menor (Se omite la identidad acogiendo el criterio jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia). Quien tiene la edad de doce (12) año que a partir del día de hoy 05 de Junio del 2025, se iría y viviría con su padre PEDRO JESUS CASTILLO TAPIA, el cual asumirá a tiempo completo, el cuido asi como la alimentación, calzado, medicina otras actividades del niño, mientras la niña (Se omite la identidad acogiendo el criterio jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia). Quedara al cuidado de su madre, quedando ambos padre al pendiente de cualquiera situacion que pudieran acarear peligro de los niños mientras este al cuido de cada uno de ello.