REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
SOLICITUD
MATERIA
SENTENCIA
SOLICITANTE
ABOGADO ASISTENTE
Nº 25-09
TITULO SUPLETORIO
DEFINITIVA
DENISSE ADRIANA GOMEZ TORREALBA.
ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.
DEL MUNICIPIO ACHAGUAS DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Vista, en cuenta y analizada la presente solicitud de Título Supletorio presentada por la ciudadana: DENISSE ADRIANA GOMEZ TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.000.746, debidamente asistida por la Abogado en ejercicio: ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR, Inpreabogado N° 191.342, con domicilio procesal en el Municipio Achaguas Estado Apure, Admítase cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley, así como las declaraciones de testigos cursantes en los folios 09 y 10. En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara: TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: DENISSE ADRIANA GOMEZ TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.000.746, sobre unas bienhechurías distribuidas de la manera siguiente: Una (01) habitación familiar de construcción de mampostería, techo de zinc, piso de cemento, puertas y ventanas, luz eléctrica. Dichas bienhechurías enclavadas en un lote de terreno que le fue Adjudicado en plena propiedad por la Alcaldía Bolivariana del Municipio Achaguas, Estado Apure, según consta en Documento de Contrato de Adjudicación, debidamente registrado ante la oficina de Registro Publico del Municipio Achaguas, Estado Apure, inscrito bajo el N° 2013.491 en fecha: 02-12-2013, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 266.3.1.1.1458 y correspondiente al Libro Real del año 2013, con una extensión de: TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTIMETROS (364,38 mts2) el cual anexo a la solicitud, y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle Don Antonio (15,26 metros); SUR: Terreno de Jesús Cabrice con (15,26 metros); ESTE: Casa de Iraima Laya con (26,30 metros); y OESTE : Casa de Carmen Higuera con (22,73 metros).- El valor de las bienhechurías es de: TREINTA MIL BOLIVARES (BS. 30.000,00). Fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana: DENISSE ADRIANA GOMEZ TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.000.746
Devuélvase original de estas resultas al solicitante y déjese copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el año 2.025 bajo el Nº 25-09.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Once (11) días del mes de Marzo del año Dos Mil veinticinco (2025). Años 214º de la Independencia y 166º de la Federación.-
LA JUEZA
ABG. VIRGINIA GALIPOLLY-
EL SECRETARIO.
ABG. MANUEL ORASMA.-
En esta misma fecha, siendo la 10:30 a.m.- se publicó y se registró la anterior sentencia.
El Secretario;
Abg. Manuel Orasma.-
Solicitud Nº 25-09 (TÌTULO SUPLETORIO.)
Vg/mv.-
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