REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 14 de octubre de 2015
215°y 166°
Vista la Solicitud presentada por la ciudadana BERMEJO CORREA MARIA ELENA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 18.327.673, de este domicilio, signada con el N°. 2.025-121 quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre una superficie de terreno propiedad del Solicitante, según TITULO DE ADJUDICACION EN PROPIEDAD DE PARCELA EN TIERRA URBANA O PERIURBANA PUBLICA emanado de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, anotado bajo el N°0104, Tomo 05 de los Libros de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos o Periurbanos llevados por ante la Sindicatura Municipal, en el año 2013, suscrito por el ciudadano Abg. RONNY E. GUTIERREZ ZAPATA, en su condición de Síndico Procurador Municipal, y registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 05 de junio de 2025, bajo el N°. 2025- 2475, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 271.3.6.1.33372, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.025, presentado en original para su vista y devolución; constante de TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (395,50 Mts), ubicado en “LA AVENIDA HUMBERTO HERNANDEZ, PARROQUIA SAN FERNANDO, SECTOR PASO APURE”, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Meglis Montoya, en Treinta y Cinco metros, (35,00 Mts); SUR: Yajaira Velázquez, en treinta y Cinco metros (35,00 Mts); ESTE: Av. Humberto Hernández, en diez Metros con diez, (10,10 Mts), y OESTE: Terreno Municipal, en doce metros con cincuenta centímetros (12,50Mts), según titulo de adquisición; siendo lo correcto en las mediciones actualizadas y exactas de la Cedula Catastral signada con el numero 010572, de fecha 23 de mayo del 2025, En la que indica una superficie: TRESCIENTOS SESENTA METROS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS (360,96 M2) Norte: Terreno Municipal en diecinueve metros con veinte centímetros (19,20 M2) Sur: Yajaira Velásquez en diecinueve metros con veinte centímetros (19,20M2) Este: Avenida Humberto Hernández en dieciocho metros con ochenta centímetros (18,80M2) y Oeste: Terreno Municipal en dieciocho metros con ochenta centímetros (18,80M2); La bienhechuría construida consta de una planta baja de platabanda con ocho (08) habitaciones con baño interno, (01) una cocina y un lavandero, todos con sus respectivas puertas, ventanas y piso pulido y un primer nivel con lavandero, cuatro habitaciones con baño interno, una cocina, una sala, un comedor, piso pulido, puertas y ventanas; en la cual ha invertido la cantidad de NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 9.000,00) fomentados a las únicas y propias expensas de la ciudadana BERMEJO CORREA MARIA ELENA, plenamente Identificada en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas a la Solicitante.-
El Juez,
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.
El Secretario,
Abg. ORLANDO R. CORDOBA R.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de: ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. al folio del Libro Diario.
El Secretario,
Abg. ORLANDO R. CORDOBA R.
Doy fe de la exactitud de las copias que anteceden, las certifico de orden del Tribunal, en San Fernando de Apure a los quince (15) días del mes de octubre del año Dos Mil veinticinco (2025).- Años: 215º de la Independencia y 166° de la Federación.
El Secretario,
Abg. ORLANDO R. CORDOBA R.
SOLICITUD N°25-121.-
FJP/orcr/ale.-
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