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Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por la abogada WIECZA SANTOS MATIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.473.904, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.633, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ENTIDAD BANCARIA BANCO PROVINCIAL S.A., contra la providencia administrativa Nº 0019-13, dictado por la Inspectoría del Trabajo Sede en San Fernando Estado Apure en fecha veintiocho (28) de enero de 2013, mediante la cual decidió imponer a la empresa "Banco Provincial, S.A Banco Universal, sanción de multa (...)