Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por SOLICITUD DE BENEFICIO DE JUBILACIÓN, incoada por la ciudadana ROSA FAUSTINA VILCHEZ DE GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.152.691, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MARCOS GOITIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.75.239., contra el BANCO PROVINCIAL, S.A (BANCO UNIVERSAL). SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.