DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, intentada por el ciudadano JORGE YVAN CORRALES, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° 13.571.200, en contra del MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DEL ESTADO APURE, en consecuencia se ordena: PRIMERO: a la parte accionada a pagar, al ciudadano JORGE YVAN CORRALES, los siguientes conceptos: por concepto de Antigüedad Nuevo Régimen. Articulo 108 Ley Orgánica del Trabajo, la cantidad de Siete Mil Cuatrocientos Setenta y Seis Bolívares con Noventa y Cinco Céntimos (Bs. 7.476,95), por la cantidad de Intereses sobre la Antigüedad, la cantidad de Dos Mil Seiscientos Noventa y Nueve Bo.....