Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN, alegada por la representación Judicial de la parte demandada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, intentada por la ciudadana YANET DAIR TORRES venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.622.133, en Contra del ESTADO APURE, en consecuencia se ordena: TERCERO: se condena al Estado Apure a pagar a la actora, lo siguiente: por concepto de Antigüedad Nuevo Régimen. Articulo 108 Ley Orgánica del Trabajo, la cantidad de Catorce Mil Quinientos Ocho Bolívares Sin Céntimos (Bs. 14.508,00); por concepto de Intereses Sobre Antigüedad la cantidad de Doce Mil Trescientos Cuarenta y Tres Bolívares con Diecisiete Céntimos (Bs. 12......