(...) Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por el abogado EMERSON RIMBAUD MORA SUESCUN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.817.846, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.952, actuando con el carácter de apoderado judicial de CERVECERÍA POLAR, C.A., contra el acto administrativo de efectos particulares Nº 00023-12, dictado por la Inspectoría del Trabajo del Estado Apure en fecha dieciséis (16) de febrero de 2012, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos formulada por la ciudadana OLIDAR COROMOTO BARRIENTOS MARCHENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.9.....