En este orden de ¡deas, atendiendo a la doctrina anteriormente señalada y dado que en el presente asunto existe una relación de Empleo Público, por el cargo desempeñado por la ciudadana DÍAZ PARRA ELBA ROSA como OFICINISTA III, adscrita al INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA APURE A.C (INCE APURE A.C), este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, declina la competencia en razón de la materia en el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Así se decide.
Notifíquese a la parte demandante, demandada y al Procurador General de la República de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 84 y 95 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; una vez que conste en Autos la certificación del Secretario de haberse practicado la notificación al Procurador General de la Repúb.....