"...En orden a los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano PEDRO ANTONIO ARANA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.871.493, debidamente asistido por el Abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.669.093, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.34.179, contra el ciudadano FELIX ADOLFO GONZÁLEZ HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.873.496; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión..."