(...) En orden a los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano MANUEL ANTONIO RATTIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 2.521.740, contra el ciudadano ENRICO DI NISIO CICCARELLI, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 6.216.671; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.