(...) En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por la abogado EMERSON RIMBAUD MORA SUESCUN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.817.846, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.952, actuando con el carácter de apoderado judicial de CERVECERÍA POLAR, C.A., contra el acto administrativo de efectos particulares Nº 00023-12, dictado por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO APURE en fecha dieciséis (16) de febrero de 2012, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos formulada por la ciudadana OLIDAR COROMOTO BARRIENTOS MARCHENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.903.771; (...)