Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la acción por Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana NELLYS DIAMOND, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-13.387.242, representada por la Abogada en ejercicio Adela María Ramírez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.617.523 e inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el número 65.410, contra la ASOCIACIÓN CIVIL HOGARES DE CUIDADO DIARIO SECCIONAL APURE, representada por el abogado en ejercicio JOSÉ RAFAEL PAÉZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.590.561, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 46.126. Así se declara.