"...En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de Embargo de interpuesta por el ciudadano JESÚS DEMETRIO PEREZ MEJIAS, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V- 11.177.995, debidamente asistido por el abogado HECTOR DAYAN BALCAZAR GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.592.716, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.213, contra el acto administrativo de efectos particulares, dictado por la Inspectoría del Trabajo del Estado Apure en fecha Veintinueve (29) de Marzo de 2016, mediante la cual declaro Sin Lugar la acción de Reenganche y Restitución de los derechos infringidos intentada por la empresa RADIO NACIONAL DE VENEZUELA C.A, contra el ciudadano JESÚS DEMETRIO PÉREZ MEJIAS, identif.....