(...) Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana CARMEN AURORA SILVA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.361.550 en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA; SEGUNDO: Se condena a la parte accionada MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al pago de los intereses de mora por concepto de prestaciones sociales, causados desde la fecha en que fue jubilado (01 noviembre de 2006), hasta el 15 de junio de 2010, fecha está en que le cancelaron sus prestaciones sociale.....